Medio Ambiente, Agricultura e Interior·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Nuevas bases de ayudas para protectoras y ayuntamientos de Madrid

La Comunidad de Madrid publica el nuevo marco de subvenciones para centros de acogida y colonias felinas. Los beneficiarios ya pueden consultar los importes máximos por tratamiento y las condiciones exigidas.

Si gestionas una protectora de animales en la región o trabajas en un ayuntamiento madrileño, la nueva regulación de ayudas para la protección animal ya es oficial. Estas normas actualizan los importes y los requisitos para poder acceder a la financiación autonómica durante el próximo año.

Datos clave

Plazo
1 al 15 de octubre
Beneficiario
Protectoras y ayuntamientos de Madrid
Cuantía
Hasta 70% del importe total aprobado
Requisitos
Al corriente con Hacienda y Seguridad Social

El texto, publicado esta semana por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, establece un marco para subvencionar tanto inversiones en centros de acogida como gastos corrientes de mantenimiento y atención veterinaria. El objetivo declarado es adaptar las ayudas a las nuevas obligaciones legales, como la gestión de las colonias felinas.

La subvención cubre hasta el 70 por ciento del importe total aprobado. Los importes máximos unitarios de referencia fijados en estas bases incluyen 15 euros por vacunación o desparasitación, 25 euros por identificación, o hasta 130 euros por la esterilización de una perra (90 en el caso de perros y gatas, y 60 en gatos). También se establecen límites de 1 euro diario para la alimentación de perros y 0,50 euros para la de gatos.

Para poder recibir los fondos, la entidad solicitante debe estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid. En el caso de las protectoras, es obligatorio estar inscritas como entidad colaboradora y contar con el registro de núcleo zoológico correspondiente.

La justificación de los gastos se realizará generalmente entre el 1 y el 15 de octubre del año de la convocatoria. Si el pago es anticipado, el plazo se traslada al periodo entre el 15 y el 28 de marzo del año siguiente. Quedan expresamente excluidos los pagos en efectivo superiores a 600 euros.

El Comité Técnico de Evaluación valorará cada solicitud bajo criterios de concurrencia competitiva. Entre los puntos que suman para las entidades locales destacan la pertenencia a mancomunidades, el tamaño del municipio o la colaboración con entidades de protección. En el caso de las asociaciones, puntúan especialmente la gestión de centros registrados y la agrupación con otras entidades.

La orden ya está vigente.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que se publica en la Comunidad de Madrid y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de la Comunidad de Madrid, en Telegram
Los titulares del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de la Comunidad de Madrid

Lecturas ilimitadas

Con la suscripción los lees todos: subvenciones, oposiciones y contratos de la Comunidad de Madrid. Los primeros 7 días son gratis.

  • Todas las secciones
  • Cada edición entera
  • Todo el archivo

Te pediremos una tarjeta, pero hoy no pagas nada: el primer cobro llega el 2 de octubre, salvo que canceles antes.

Sin registro previo: pagas y vuelves a donde estabas.

Pago seguro con StripeVISAPayGPay

Sin permanencia: cancelas tú mismo desde tu cuenta, sin llamadas ni correos.