Vivienda, Transportes e Infraestructuras·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Ayudas por vulnerabilidad para Steve Rafael Telleria y otros dos vecinos

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La Comunidad de Madrid ha resuelto las ayudas para tres arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida. El importe total alcanza los 19.008 euros en el caso mayor.

Tres familias que atraviesan dificultades económicas inesperadas han recibido este mes el respaldo de la Comunidad de Madrid para mantener su vivienda habitual. La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras ha publicado la resolución de la convocatoria dirigida a personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, confirmando el abono de una ayuda que se extenderá hasta junio de 2028.

Datos clave

Importe total
19.008,00 € (máximo individual)
Plazo justificación
Día 1 al 15 del último mes de cada semestre
Calendario pagos
Cuatro plazos semestrales hasta junio de 2028

Los beneficiarios son Steve Rafael Telleria Delgado, con un importe total de 19.008,00 €, Silvia Victoria Romero Florian, con 16.152,00 €, y Noelia González García, que percibe 13.068,00 €. Las cuantías individuales se han calculado sobre el 99 por ciento de la renta mensual de cada vivienda.

El calendario de pagos se estructura en cuatro hitos semestrales. El primer abono, que cubre de julio a diciembre de 2026, se realiza tras esta concesión. Los siguientes tres pagos se efectuarán de forma periódica hasta completar el ciclo de ayudas en junio de 2028.

Recibir el dinero conlleva obligaciones de control. Los beneficiarios deben presentar los justificantes bancarios del alquiler entre los días 1 y 15 del último mes de cada semestre. Estos documentos deben demostrar que el arrendador ha aplicado el descuento correspondiente al alquiler.

Antes del tercer pago, los titulares deben aportar documentación adicional, incluyendo un nuevo informe de los servicios sociales. Este trámite es esencial para acreditar que la situación de vulnerabilidad sobrevenida se mantiene activa en el tiempo.

Si se detecta un impago de la renta o falta la documentación requerida, el derecho a la ayuda se pierde de inmediato. La Administración advierte además que, en caso de incumplir los requisitos, se solicitará el reintegro de las cantidades ya abonadas.

Los afectados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en dos meses desde la publicación. Ninguno de los tres expedientes tiene ya pendientes más trámites que el cumplimiento de estas condiciones.

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