Guía de permisos para empleados públicos en las elecciones de Murcia
Si eres personal de la Administración Regional, el BORM detalla cómo solicitar tus permisos para la campaña, el día de votación y las mesas electorales del 29N.
Si eres empleado público en la Región de Murcia, las elecciones del 29 de noviembre van a marcar tu calendario laboral durante las próximas semanas. La Consejería de Economía y Hacienda ha publicado las instrucciones para que, ya sea como candidato, miembro de mesa o simplemente como votante, sepas exactamente qué permisos te corresponden y cómo solicitarlos.
Datos clave
- Campaña electoral
- 13 al 27 de noviembre de 2026
- Permiso votación
- Hasta 4 horas libres retribuidas
- Mesa electoral
- Jornada libre y 5 horas menos el lunes
- Candidatos
- Permiso retribuido durante la campaña
El permiso más largo está reservado para quienes integran alguna candidatura. Tienes derecho a la dispensa total de tu jornada laboral durante toda la campaña electoral, que arranca a las cero horas del 13 de noviembre y termina a las veinticuatro horas del 27 de noviembre.
Esta dispensa se mantiene con el sueldo íntegro que ya venías cobrando en tu puesto habitual. Para disfrutarla, debes solicitarla por escrito ante la Secretaría General de tu Consejería, o bien ante el órgano competente si trabajas en algún organismo público dependiente de la Administración Regional.
Si te toca estar en una mesa electoral, ya sea como presidente o vocal, o si actúas como interventor, el permiso es para el mismo día de las votaciones. Si ese domingo es tu día de descanso, no te corresponde compensación adicional, pero si es jornada laboral, tienes el día libre retribuido. Además, al día siguiente de las elecciones, tendrás una reducción de jornada de cinco horas.
Los apoderados también tienen su permiso retribuido por el día de la jornada electoral, siempre que les toque trabajar ese día. Y si en cualquiera de estos casos te tocara trabajar en el turno de noche justo antes de las elecciones, la Administración está obligada a cambiarte el turno para que puedas descansar.
Para el resto de empleados que tengan que trabajar el día 29, las medidas son claras. Tendrás hasta cuatro horas libres y pagadas dentro de tu horario laboral para acudir a votar. Si tu jornada es reducida, el tiempo del permiso se calculará de forma proporcional.
Estas cuatro horas también se aplican si, por razones de trabajo lejos de casa, decides votar por correo. El permiso sirve para que puedas ir a solicitar el certificado del censo y realizar la remisión de tu voto con la antelación necesaria.
Si las elecciones te obligan a hacer servicios extraordinarios fuera de tu jornada habitual, el pago se ajustará a lo que marca la Ley de Presupuestos de 2025, que sigue vigente este año. Todo está regulado.
Las reglas son claras.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.