Murcia estandariza los conciertos sociales para la autonomía mayor
El IMAS aprueba el modelo de concierto social para los centros de día de personas mayores, detallando las exigencias de personal, calidad y atención que deberán cumplir las entidades colaboradoras.
El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) ha cerrado el modelo administrativo que regirá la concertación de plazas para el Servicio de Promoción de la Autonomía Personal (SEPAP) en centros de atención diurna. Este documento, publicado en el boletín regional, estandariza cómo deberán colaborar las entidades privadas con la administración pública para ofrecer terapias y apoyo a nuestros mayores en situación de dependencia.
Datos clave
- Sector
- Promoción de la Autonomía Personal (SEPAP)
- Ratios técnicas
- 1 profesional técnico cada 20 usuarios
- Ratio auxiliares
- 1 auxiliar cada 10 usuarios
- Continuidad
- 9 meses de servicio tras la extinción
El acuerdo establece los mínimos que cada centro deberá cumplir para mantener sus puertas abiertas bajo el régimen de concierto. Entre las exigencias, destaca la obligación de disponer de un equipo técnico cualificado, incluyendo psicólogos o terapeutas ocupacionales y fisioterapeutas, además de auxiliares de enfermería o geriatría. Las ratios se ajustan al número de usuarios: un auxiliar por cada diez personas y un profesional del equipo técnico por cada veinte.
La norma subraya que la atención debe ser integral y personalizada. El equipo de cada centro tendrá la responsabilidad de elaborar un Plan de Atención Individualizada (PAI) para cada usuario, con revisiones semestrales obligatorias. La calidad no es optativa.
El documento también regula el papel del IMAS en la supervisión de estos centros. La Dirección General de Personas Mayores podrá realizar visitas de control y exigir informes técnicos anuales. Si el centro incumple los estándares de calidad, se contempla la resolución del acuerdo con indemnización por los posibles daños ocasionados.
Los centros deberán tener un tablón de anuncios bien visible. Es obligatorio exponer allí el reglamento de régimen interior, el organigrama con la persona responsable al frente y las instrucciones ante emergencias.
La continuidad está garantizada. Si un concierto se extingue, la entidad no podrá cerrar el servicio inmediatamente: deberá seguir prestando atención durante un máximo de nueve meses hasta que otra entidad asuma las plazas. Esto evita que los mayores se queden sin su apoyo diario de un día para otro.
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