El proyecto eólico de Hernani abre el plazo de alegaciones
Los vecinos de Villabona, Andoain, Urnieta y Hernani ya pueden consultar el proyecto del nuevo clúster eólico y presentar alegaciones durante el próximo mes.
Los vecinos de Villabona, Andoain, Urnieta y Hernani tienen desde ahora 30 días hábiles para revisar el proyecto de un nuevo clúster eólico que promete cambiar parte de su horizonte. El Departamento de Industria ha sacado a información pública la autorización administrativa previa y la declaración de impacto ambiental de una infraestructura de energía renovable que conectará estos cuatro municipios guipuzcoanos.
Datos clave
Cierra en 36 días- Plazo
- Hasta el 6 de noviembre de 2026
- Presupuesto
- 9.760.493,05 €
- Localización
- Villabona, Andoain, Urnieta y Hernani
- Promotor
- Premier ESPF Renovables, S.L.
El proyecto, bautizado como Clúster Eólico Hernani I-II, es una apuesta de Premier ESPF Renovables que movilizará una inversión de 9.760.493,05 euros. La iniciativa se divide en dos parques, Hernani I y Hernani II, que se instalarán exclusivamente en suelo de Villabona. Cada parque sumará una potencia de 4,99 MW gracias a aerogeneradores Siemens Gamesa de 145 metros de diámetro de rotor.
La evacuación de esta energía es el punto que afecta a todo el corredor, con una línea aéreo-subterránea de 11,5 kilómetros. El trazado comenzará con un tramo subterráneo de 2,29 kilómetros, seguirá con uno aéreo de 8,27 kilómetros y terminará con otro tramo bajo tierra de 0,94 kilómetros hasta llegar a la subestación de Hernani.
El expediente completo, bajo la referencia 20-GE-Y-2025-00004, ya está disponible para consulta. Puedes examinarlo físicamente en la calle Easo 10, en Donostia, o acceder al detalle técnico a través del portal de información pública del Gobierno Vasco.
Si tienes algo que decir, este es el momento. Las alegaciones pueden entregarse en el registro general de la Delegación Territorial o mediante el registro electrónico de la Administración Pública de la CAE.
La burocracia no perdona plazos.
Recuerda que si representas a una empresa o entidad, la ley te obliga a presentar cualquier escrito exclusivamente por medios electrónicos. El resto de la ciudadanía puede elegir entre el papel o la pantalla.
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