AndalucíaAragónAsturiasBizkaiaCanariasCantabriaCastilla y LeónCastilla-La ManchaCataluñaCeutaComunidad de MadridComunitat ValencianaExtremaduraGaliciaGipuzkoaIlles BalearsLa RiojaMelillaNavarraPaís VascoProvincia de A CoruñaProvincia de AlbaceteProvincia de AlicanteProvincia de BadajozProvincia de BarcelonaProvincia de BurgosProvincia de CastellónProvincia de Ciudad RealProvincia de CuencaProvincia de CáceresProvincia de CádizProvincia de CórdobaProvincia de GironaProvincia de GranadaProvincia de GuadalajaraProvincia de HuelvaProvincia de HuescaProvincia de JaénProvincia de LeónProvincia de LleidaProvincia de LugoProvincia de MálagaProvincia de OurenseProvincia de PontevedraProvincia de SalamancaProvincia de SegoviaProvincia de SevillaProvincia de SoriaProvincia de TarragonaProvincia de TeruelProvincia de ValenciaProvincia de ValladolidProvincia de ZamoraProvincia de ZaragozaProvincia de ÁvilaRegión de MurciaÁlava
Miranda de Azán·Boletín Bien de la Provincia de Salamanca,

Miranda de Azán regula sus colonias felinas con multas de hasta 3.000 €

Miranda de Azán estrena una ordenanza para el control de gatos comunitarios que limita la alimentación a personas autorizadas y fija un régimen sancionador.

Miranda de Azán estrena desde hoy un nuevo manual de convivencia para sus felinos callejeros. El Ayuntamiento ha publicado la ordenanza definitiva que regula la gestión de las colonias de gatos comunitarios en el municipio, poniendo orden en quién puede alimentarlos y dónde.

Datos clave

Multa máxima
3.000,00 €
Infracciones leves
Hasta 750,00 €
Infracciones graves
Hasta 1.500,00 €
Requisito cuidador
Estar empadronado o ser propietario

La norma establece que solo las personas autorizadas podrán ocuparse de los animales, siempre que estén empadronadas o sean propietarias de un inmueble en la localidad. Este carné municipal de cuidador les faculta para censar, esterilizar y alimentar a los gatos, eso sí, bajo reglas estrictas: pienso seco y en los puntos habilitados por el consistorio.

La normativa prohíbe tajantemente el abandono, la suelta de animales en colonias que no sean la suya y, sobre todo, alimentar a los gatos fuera de los espacios señalados. Si no eres un cuidador autorizado y decides dejar comida a tu aire, te expones a una sanción económica.

El régimen sancionador se divide en tres niveles según la gravedad de la falta. Las multas pueden alcanzar los 750 euros para las infracciones leves, subir hasta los 1.500 euros en el caso de las graves y llegar a los 3.000 euros para las muy graves.

Entre los supuestos graves, el texto destaca alimentar a los gatos en áreas no autorizadas, hacerlo sin permiso o utilizar un sustento distinto al pienso seco. La responsabilidad de estos hechos se traslada también a los padres o tutores si la infracción es cometida por un menor de edad.

El Ayuntamiento se reserva la potestad de trasladar colonias si existen motivos de salud pública o peligro grave para los animales, siempre bajo informe veterinario y supervisión municipal. La limpieza de los puntos de alimentación es obligatoria y diaria.

La ordenanza ya es ley municipal.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que se publica en la Provincia de Salamanca y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de la Provincia de Salamanca, en Telegram
Los titulares del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de la Provincia de Salamanca

Lecturas ilimitadas

Con la suscripción los lees todos: subvenciones, oposiciones y contratos de la Provincia de Salamanca. Los primeros 7 días son gratis.

  • Todas las secciones
  • Cada edición entera
  • Todo el archivo

Te pediremos una tarjeta, pero hoy no pagas nada: el primer cobro llega el 13 de noviembre, salvo que canceles antes.

Sin registro previo: pagas y vuelves a donde estabas.

Pago seguro con StripeVISAPayGPay

Sin permanencia: cancelas tú mismo desde tu cuenta, sin llamadas ni correos.