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Castilleja del Campo·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

José Francisco Reinoso Reinoso asume la alcaldía de Castilleja del Campo

Ante la ausencia por vacaciones del alcalde, el tercer teniente de alcalde toma las riendas del ayuntamiento durante nueve días. Hay una restricción clave en su mando.

El sillón de la alcaldía de Castilleja del Campo cambia de ocupante temporal este próximo mes de julio. La razón es sencilla: el alcalde se toma unos días de descanso y, por motivos laborales, el primer teniente de alcalde, Antonio Reinoso Tirado, no puede cubrir su puesto, delegándose las funciones en José Francisco Reinoso Reinoso, quien es el tercer teniente de alcalde.

Datos clave

Periodo de delegación
Del 6 al 14 de julio de 2026
Alcalde en funciones
José Francisco Reinoso Reinoso
Plazo de no aceptación
3 días hábiles desde la notificación

El periodo de delegación abarca desde el 6 hasta el 14 de julio de 2026, ambos días inclusive. Durante este tiempo, José Francisco Reinoso tendrá plenas facultades de dirección y gestión municipal, con la potestad de resolver procedimientos administrativos que requieran adoptar actos frente a terceros.

Sin embargo, el decreto de alcaldía introduce una limitación importante en este traspaso de mando. El alcalde en funciones no podrá firmar electrónicamente documentos relativos a expedientes de subvenciones en las sedes electrónicas de las administraciones, ni tampoco autorizar movimientos o documentos de pago en entidades bancarias.

Esta delegación se entiende aceptada de forma tácita, salvo que el interesado presente una negativa expresa ante la alcaldía en el plazo de tres días hábiles desde la notificación del decreto. El contenido de este movimiento, que pone fin a la vía administrativa, será además trasladado al Pleno de la corporación en la primera sesión que se celebre.

El alcalde en funciones queda obligado a informar a la alcaldía titular sobre la gestión realizada, tanto a posteriori como cuando se le requiera, debiendo consultar con carácter previo cualquier decisión que tenga una especial trascendencia para el municipio.

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