Herrera pone al cobro las tasas municipales de mayo y junio
Si eres usuario de la Escuela Infantil, el Conservatorio o los puestos del Mercado, el Ayuntamiento ha activado el calendario de pagos para los próximos dos meses.
Los vecinos de Herrera que hacen uso habitual de los servicios municipales ya tienen sobre la mesa la relación de tasas correspondientes al pasado mes de mayo y al actual junio. El alcalde, Jorge Muriel Jiménez, ha formalizado mediante resolución la aprobación de los padrones fiscales que incluyen desde el Mercado de Abastos y el mercadillo hasta la Residencia de Mayores.
Datos clave
- Plazo reclamaciones
- 20 días hábiles desde el viernes 21 de junio de 2024
- Plazo pago voluntario
- 2 meses
- Recurso reposición
- 1 mes desde el fin de la exposición pública
- Recurso contencioso
- 6 meses ante el Tribunal de Instancia de Sevilla
- Dónde consultar
- Oficinas generales del Ayuntamiento de Herrera
La lista de conceptos es amplia y afecta a una gran parte de la vida cotidiana del pueblo. Además de las instalaciones mencionadas, la normativa abarca el uso de la Escuela Infantil, el Conservatorio Elemental de Música, la Escuela de Música y la Escuela de Equitación. Si utilizas el Servicio de Ayuda a Domicilio, también verás reflejada tu cuota en esta nueva liquidación.
Estos padrones se encuentran ahora en periodo de exposición pública. Tienes un plazo de veinte días hábiles, contados a partir de este viernes, para consultar los datos en las oficinas generales del Ayuntamiento y presentar cualquier reclamación si detectas alguna incorrección en tu recibo.
Una vez superada esta fase de revisión, se abre el periodo de pago en voluntaria. Tienes un margen de dos meses para realizar el ingreso sin recargos. Superado este tiempo, la administración iniciará el periodo ejecutivo, lo que conlleva la aplicación de intereses y recargos de demora sobre el importe pendiente de cobro.
Si deseas presentar un recurso de reposición contra estos padrones, el plazo es de un mes desde el fin de la exposición pública. Si prefieres acudir a la vía contencioso-administrativa, dispones de seis meses ante el Tribunal de Instancia de Sevilla en caso de que el recurso previo no reciba una respuesta expresa en los términos marcados por la ley.
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