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Marinaleda·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

Marinaleda aprueba sus tributos locales para el ejercicio 2026

El Ayuntamiento de Marinaleda ha fijado el calendario de pago para las tasas municipales de este año. Consulta cuándo se cargarán los recibos domiciliados.

Si vives o tienes propiedades en Marinaleda, el Ayuntamiento ya ha puesto en marcha los padrones fiscales para este ejercicio 2026. La resolución, aprobada a finales de junio, afecta a un buen puñado de conceptos que pagamos de forma periódica, desde la recogida de basuras hasta la entrada de vehículos o la reserva de aparcamiento.

Datos clave

Plazo voluntario
Del 1 de octubre de 2026 al 29 de diciembre de 2026
Cargo domiciliado
13 de octubre de 2026
Exposición pública
15 días para presentar alegaciones
Recurso reposición
1 mes tras el fin de la exposición pública

El periodo voluntario para ponerse al día con estas tasas comienza el 1 de octubre y se extenderá hasta el 29 de diciembre, ambos días inclusive. Es un margen amplio, pero conviene marcarlo en el calendario para evitar que el recibo nos pille desprevenidos al final del año.

Para quienes tienen sus impuestos domiciliados, el Ayuntamiento ha establecido el 13 de octubre como la fecha en la que se procederá al cargo automático en cuenta. Si tu pago no está domiciliado, recuerda que debes realizar el ingreso presencialmente en las oficinas municipales dentro del horario de atención al público establecido.

Antes de que llegue octubre, los padrones estarán expuestos al público en el tablón de anuncios del consistorio durante un plazo de quince días. Durante este tiempo, cualquier interesado puede comprobar su situación, realizar observaciones o presentar las alegaciones que considere oportunas si detecta algún error en las listas.

Si decides que no estás conforme con la aprobación de estos padrones o con las liquidaciones que contienen, el proceso administrativo permite interponer un recurso previo de reposición ante la Alcaldía. El plazo para esta reclamación es de un mes y empieza a contar justo al día siguiente de que finalice ese periodo de exposición pública que ahora comienza.

Es importante recordar que el Ayuntamiento no deja mucho margen a la demora una vez superado el 29 de diciembre. Si el pago no se ha satisfecho en el plazo voluntario, se abrirá automáticamente el periodo ejecutivo. A partir de ese momento, la administración comenzará a exigir intereses de demora, los recargos legales correspondientes y, si fuera necesario, las costas derivadas del procedimiento de apremio.

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