Ayuntamiento de Villaverde del Río·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

Villaverde del Río estrena nuevas normas para el patinete eléctrico

El Ayuntamiento de Villaverde del Río publica su ordenanza para patinetes y vehículos de movilidad personal. El uso de casco, las luces encendidas y las multas por infracciones ya tienen marco legal definido.

Si te mueves por Villaverde del Río en patinete eléctrico, ya tienes un libro de reglas propio que conocer. El Ayuntamiento ha publicado la ordenanza definitiva que pone límites a los vehículos de movilidad personal, y las normas son estrictas: fuera de la calzada, la vida se pone complicada para estos dispositivos.

Datos clave

Velocidad máxima
25 km/h
Edad mínima
15 años
Sanciones
Multas de 50 € a 400 €
Prohibiciones
Aceras, parques y zonas peatonales

La norma prohíbe de forma tajante circular por aceras, zonas peatonales, parques, jardines y pasos de peatones. Si tienes que cruzar la calzada en un paso de cebra, la ordenanza te obliga a bajarte del patinete y cruzarlo andando, empujándolo. En las vías donde sí está permitida la circulación, el límite de velocidad es de 25 km/h.

El casco pasa a ser obligatorio para todos los usuarios. Además, si circulas, debes llevar siempre las luces delanteras y traseras encendidas, sin importar la hora del día. La edad mínima para manejar estos vehículos se ha fijado en los 15 años.

Las multas por incumplir estas medidas pueden ser un recordatorio costoso. Las infracciones leves se sancionan con entre 50 y 100 euros, las graves suben de 100 a 200 euros, y las muy graves, como superar el doble de la velocidad permitida o manipular el motor, alcanzan los 400 euros.

No puedes aparcar en aceras ni amarrar el patinete a árboles, señales o mobiliario urbano. El Ayuntamiento solo permite el estacionamiento en los puntos que se habiliten específicamente para ello en el municipio.

El texto también regula la visibilidad del usuario. Si mides menos de 1,40 metros, te verás obligado a colocar un banderín de seguridad que alcance al menos el metro y medio de altura. La norma entra en vigor tras su publicación oficial.

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