Más plazo para arreglar caminos rurales en pueblos de Sevilla
La Diputación de Sevilla amplía hasta finales de 2027 el tiempo para terminar las obras en los caminos rurales. La demora en los fondos fuerza este cambio de calendario.
Los ayuntamientos sevillanos de menos de 20.000 habitantes que tienen obras en sus caminos rurales tienen un respiro importante. La Diputación de Sevilla ha formalizado una prórroga para ejecutar estas actuaciones, reconociendo que los plazos originales se quedaron cortos tras las demoras en las tramitaciones de los fondos este año.
Datos clave
- Nueva fecha límite
- 31 de diciembre de 2027
- Beneficiarios
- Municipios de hasta 20.000 habitantes
- Importe total
- 3.839.070,28 €
El calendario se estira un año entero: la fecha tope, que estaba fijada para el 31 de diciembre de 2026, pasa ahora al 31 de diciembre de 2027.
Todo este cambio tiene su origen en el ritmo de la propia administración. Entre las modificaciones de crédito necesarias para movilizar 1.114.925,05 € de gasto extra y la posterior resolución definitiva de la concesión, que no llegó hasta el 15 de julio de 2026, el tiempo para ejecutar los proyectos se había consumido casi por completo antes de que el dinero estuviera realmente disponible.
La subvención total que se reparte entre los municipios asciende a 3.839.070,28 €. Esta modificación no añade ni un solo euro más, ni altera el objetivo de las ayudas, simplemente concede a los consistorios el margen necesario para que las obras no se queden a medio hacer por un calendario asfixiante.
El informe técnico respalda esta medida como una forma de garantizar el éxito de las rehabilitaciones. Se trata de evitar que las incidencias imprevistas en los caminos rurales fuercen devoluciones de dinero por no haber llegado a tiempo a la fecha límite.
La resolución ya es firme y pone fin a la vía administrativa. Los ayuntamientos interesados en consultar el detalle de esta ampliación pueden acceder a la documentación oficial en el portal de transparencia de la Diputación.
Hay margen.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en dos meses. Es una prórroga técnica.
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