Nuevas normas de seguridad para salir del Puerto de Sevilla en dos mareas
Si tu barco necesita fondear en el Guadalquivir al salir de Sevilla, debes conocer los nuevos requisitos de eslora, potencia y maniobra. La Capitanía Marítima ha unificado el criterio de seguridad tras 13 años.
Navegar el Guadalquivir tiene sus trucos, y salir del Puerto de Sevilla con un calado que supera el límite diario exige una maniobra precisa: partir en dos mareas, con una parada técnica de fondeo en mitad de la ría. La Capitanía Marítima ha actualizado este septiembre las normas de seguridad que deben cumplir los capitanes y sus barcos para realizar esta operación sin riesgos.
Datos clave
- Eslora máxima
- 150 metros
- Potencia hélice
- 300 CV (hasta 100 m) / 500 CV (>100 m)
- Descanso práctico
- 10 horas
- Entrada en vigor
- 25 de septiembre de 2026
La resolución, que entra en vigor el 25 de septiembre de 2026, deroga la normativa vigente desde 2013 y pone el foco en los requisitos técnicos de los buques. No cualquier carguero puede aventurarse a esta salida doble. La eslora total máxima permitida es de 150 metros. Además, es obligatorio contar con hélice de proa: si el barco mide hasta 100 metros, necesita una potencia mínima de 300 CV, y si supera esa eslora, 500 CV.
La seguridad no se negocia. El sistema de propulsión, el equipo de fondeo y las ayudas a la navegación deberán estar en perfecto estado. Los buques han de atracar con la proa orientada hacia la salida y el calado máximo en agua dulce será 20 centímetros menor que el de entrada en el puerto. El práctico a bordo tiene la última palabra sobre la seguridad del fondeo en la ría.
Existen restricciones de tráfico adicionales para evitar encontronazos. Ningún buque podrá cruzarse con otros en la zona delimitada por las boyas 60B y 71 hasta llegar a la boya 67, en el Río Pudio-Guiniguada. Una vez fondeados, esta prohibición de cruce se extiende a cruceros y grandes barcos de más de 120 metros de eslora o con un calado superior a los 5 metros.
El factor humano también cuenta. La normativa impone un descanso obligatorio de 10 horas para el práctico tras completar la operación. Si la Corporación de Prácticos discrepa con la Autoridad Portuaria sobre la seguridad de una salida, el capitán marítimo de Sevilla será quien decida en última instancia.
Hay excepciones técnicas para buques que no cumplan al cien por cien con estos requisitos, siempre que la Autoridad Portuaria y la Corporación de Prácticos validen su viabilidad. La prudencia guía la navegación.
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