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Ayuntamiento de Bolbaite·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Bolbaite corrige su ordenanza del IBI para aclarar las bonificaciones

El ayuntamiento ha rectificado el texto de la nueva ordenanza fiscal para eliminar una ambigüedad sobre cómo aplicar las bonificaciones cuando coinciden varias.

El Ayuntamiento de Bolbaite ha detectado y subsanado una errata en el texto de su nueva ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, publicada inicialmente en el boletín del pasado 11 de septiembre.

Datos clave

Cambio
Eliminación de una alternativa confusa en el artículo 8
Aplicación
1 de enero de 2027
Tipo urbano
0,520 %
Tipo rústico
0,670 %

El error afectaba directamente al artículo 8, que regula la compatibilidad de las bonificaciones fiscales. El texto anterior incluía una redacción confusa que presentaba una alternativa a elegir, algo que desaparece ahora para clarificar cómo deben tratarse los beneficios fiscales concurrentes.

La nueva redacción, ya corregida, establece un régimen claro: las bonificaciones son incompatibles entre sí. Si un contribuyente cumple los requisitos para acceder a varias de ellas, deberá indicar en su solicitud por cuál de ellas opta. En caso de no hacerlo, el ayuntamiento aplicará de oficio la que resulte más favorable para el bolsillo del contribuyente.

La rectificación fue firmada por la secretaria accidental, Silvia Novella, el pasado 28 de octubre. Esta corrección se publica ahora en el boletín para asegurar que la ordenanza, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, no deje lugar a dudas interpretativas en su aplicación futura.

Los artículos restantes de la ordenanza, que detallan desde las exenciones obligatorias hasta los tipos de gravamen aplicables, se mantienen sin cambios. El impuesto en Bolbaite se fija en un 0,520 por ciento para bienes urbanos, un 0,670 por ciento para los rústicos y un 0,900 por ciento para aquellos de características especiales.

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