Calendario fiscal en Catarroja: plazos para IBI, tasas y actividades
El Ayuntamiento de Catarroja abre el periodo para consultar los padrones de IBI, IAE y tasas municipales de 2026. Te explicamos los plazos de pago y qué hacer si no recibes tu recibo.
Si tienes un negocio en Catarroja, una vivienda urbana o gestionas una terraza en la vía pública, el Ayuntamiento ya ha puesto fecha a tus obligaciones fiscales de este año. El padrón municipal para el ejercicio 2026 ya está cerrado y disponible para consulta pública en el Servei de Gestió Tributària.
Datos clave
- Plazo pago
- Hasta el 4 de diciembre de 2026
- Exposición pública
- 1 mes desde el 17 de octubre de 2026
- Tributos
- IAE, IBI urbano, vallas y terrazas
- Dónde reclamar
- Servei de Gestió Tributària
El calendario de pagos ya está en marcha. Tienes hasta el próximo 4 de diciembre para liquidar tus recibos en periodo voluntario. Pasada esa fecha, el cobro entra en vía de apremio, lo que añade recargos innecesarios a la deuda original.
La notificación se considera colectiva mediante este anuncio oficial. Los recibos domiciliados o los avisos de pago deberían llegar a tu domicilio fiscal, pero no te confíes si el correo se retrasa o el papel se pierde por el camino.
Si no recibes el documento de pago, acude a la Oficina Integrada d'Atenció Ciutadana. Allí pueden entregarte un duplicado al momento. Es un paso sencillo que evita problemas mayores.
Los padrones afectados incluyen el Impuesto sobre Actividades Económicas, el segundo semestre del IBI urbano, la tasa por instalación de vallas y la ocupación de la vía pública con mesas y sillas. Todos han sido aprobados mediante resolución de alcaldía el pasado 18 de septiembre.
El periodo de exposición pública dura exactamente un mes desde hoy, 17 de octubre. Es el plazo que tienes para examinar el padrón y, si detectas algún error en los datos, presentar las reclamaciones que consideres oportunas.
Después del periodo de exposición pública, aún se abre una ventana adicional de un mes para interponer un recurso de reposición. Este paso es previo y obligatorio antes de cualquier reclamación ante la vía contencioso-administrativa.
La recaudación no espera.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.