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Paterna recupera el uso público de la parcela SED-1 en Santa Gema

El Ayuntamiento devuelve el carácter público a la parcela SED-1 del sector Santa Gema. La modificación del Plan General permite ahora un uso dotacional múltiple.

Paterna retoma el control sobre una de sus piezas clave en el sector de Santa Gema. El Ayuntamiento ha culminado la modificación puntual número 92 de su Plan General, un cambio urbanístico que devuelve el carácter público a la parcela denominada SED-1, destinada históricamente a equipamiento educativo. El trámite, aprobado definitivamente el pasado 26 de febrero, acaba de hacerse público en el boletín provincial.

Datos clave

Estado
Aprobación definitiva
Uso dominante
Educativo
Recurso
2 meses ante el TSJCV

La decisión administrativa no es un simple cambio de nombre en el catastro municipal. Esta parcela, que había adquirido una naturaleza privada en anteriores ajustes urbanísticos, vuelve a manos públicas y, con ello, se abre una puerta nueva a la flexibilidad en su uso.

El texto aprobado permite ahora una dotación múltiple. Esto significa que, manteniendo la educación como eje dominante, la parcela podrá albergar actividades socioculturales, asistenciales, administrativas, sanitarias o deportivas de forma independiente, sin la antigua obligación de que estas deban ser siempre complementarias a la docencia.

La norma específica para esta zona SED-1 de Santa Gema permite ahora que los usos compatibles se desarrollen sin estar supeditados al principal. Es un giro de guion en el uso del suelo que busca adaptar la parcela a las necesidades reales del municipio.

Los detalles técnicos de la modificación y los planos vinculados ya fueron inscritos en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planejamiento Urbanístico el pasado 26 de marzo bajo el número de registro 46190-1110. Toda la documentación está disponible para su consulta ciudadana en la web del Ayuntamiento.

El acuerdo ya es firme en vía administrativa. Si alguien considera que esta modificación altera derechos, dispone de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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