Nueve jueces de paz asumen sus cargos en la provincia de Zaragoza
Ver las 6 oposiciones abiertas en la Provincia de Zaragoza →El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha formalizado el nombramiento de nueve jueces de paz en la provincia. Los elegidos tienen ahora un plazo cerrado para tomar posesión y jurar su cargo.
Nueve municipios de la provincia de Zaragoza estrenan jueces de paz tras el acuerdo adoptado por la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. El nombramiento, cerrado en la reunión del 9 de octubre, oficializa a los responsables que llevarán las riendas de estos juzgados en sus respectivas localidades.
Datos clave
- Plazo posesión
- 20 días naturales
- Jueces nombrados
- 9 personas
- Partidos judiciales
- Caspe, Ejea, La Almunia y Zaragoza
Los elegidos tienen ahora una tarea inmediata antes de ponerse manos a la obra. Deben tomar posesión de su cargo en un plazo máximo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de este anuncio en el boletín. El trámite requiere, además, el oportuno juramento previo a su ejercicio.
En el partido judicial de Caspe, las nuevas responsables son Ruth Ferruz en Alborge y Raquel Laborda en La Almolda. Por su parte, en Ejea de los Caballeros, María Carmen Salvo asume la titularidad del juzgado en Sádaba.
El partido judicial de La Almunia de Doña Godina suma cuatro nombramientos. Soraya Pérez se hace cargo de Aranda de Moncayo, mientras que Daniel Blasco asume la titularidad en Paracuellos de la Ribera. En Lumpiaque, José Raúl Lorente toma el puesto de juez titular, acompañado por José Luis Villar como juez sustituto.
Finalmente, en el partido judicial de Zaragoza, Utebo renueva sus cargos. Francisco Javier Hernández será el juez titular, mientras que Alberto Martí actuará como juez sustituto.
Este proceso de designación sigue las pautas marcadas por la Ley Orgánica del Poder Judicial y el reglamento de jueces de paz. Contra el acuerdo de la Sala de Gobierno, los interesados disponen de la vía administrativa para presentar recurso de alzada o de revisión ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El plazo y los motivos están recogidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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