Sabiñán aprueba el padrón del agua del tercer trimestre de 2026
El Ayuntamiento de Sabiñán ha dado luz verde al padrón del agua y alcantarillado del último trimestre. Tienes dos meses para abonar el recibo y evitar recargos.
Los vecinos de Sabiñán tienen desde hoy una nueva cita con el recibo del agua. El Ayuntamiento ha aprobado el padrón fiscal correspondiente al tercer trimestre de 2026, lo que pone en marcha el calendario de pagos para el suministro de agua potable y el alcantarillado.
Datos clave
- Plazo voluntario
- 2 meses desde el 6 de noviembre de 2026
- Exposición pública
- 15 días desde el 6 de noviembre de 2026
- Gestión cobros
- Gestagua, S.A.
- Recurso reposición
- 1 mes tras finalizar la exposición
El recibo ya está en camino.
Dispones de dos meses para realizar el ingreso en período voluntario, contando desde hoy mismo. Si prefieres revisar el padrón fiscal en detalle, tienes quince días hábiles para consultarlo en las oficinas municipales.
¿No te ha llegado la documentación de pago? Es un problema común. Si pasan los primeros veinte días y el sobre sigue sin aparecer en tu buzón, acércate a las oficinas de Gestagua para reclamar tu ejemplar. Recuerda que no recibirlo no te libra de la obligación de pagar a tiempo.
El pago puede realizarse mediante domiciliación bancaria, en las entidades colaboradoras autorizadas o utilizando cualquiera de los medios legales que admita la empresa gestora. Gestagua es el canal oficial para gestionar este cobro.
Las prisas no son buenas consejeras. Una vez que se agote el plazo voluntario de dos meses, cualquier deuda pendiente entrará en vía de apremio. Esto conlleva recargos de la Ley General Tributaria, que pueden escalar hasta un 20 por ciento sobre el importe inicial, además de los intereses de demora y las posibles costas. El impago podría derivar incluso en el corte del suministro.
Si no estás de acuerdo con tu liquidación, el régimen de recursos permite presentar uno de reposición ante el Ayuntamiento. El plazo para hacerlo es de un mes, que empezará a contar cuando termine el período de exposición pública del padrón. Contra esa resolución, podrías acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo si fuera necesario.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.