Alpartir aprueba el padrón de la escuela infantil de octubre
El Ayuntamiento de Alpartir ha formalizado el padrón fiscal para la tasa de la escuela infantil. Tienes 20 días para examinar los recibos y presentar alegaciones.
Si tienes hijos en la escuela infantil municipal de Alpartir, debes saber que el Ayuntamiento ya ha dado el visto bueno al padrón fiscal correspondiente al mes de octubre de este curso. El documento oficial ya está listo para consulta y posibles reclamaciones.
Datos clave
- Exposición pública
- 20 días desde el 8 de noviembre
- Periodo de pago
- 2 meses tras la exposición pública
- Alcalde
- Félix Ángel Navarro
- Recurso reposición
- 1 mes tras finalizar la exposición
El padrón permanece en exposición pública durante veinte días hábiles. Este plazo comienza a contar a partir de mañana, 8 de noviembre, tras su publicación en el boletín provincial. Durante este tiempo, cualquier interesado puede consultar la liquidación y presentar las alegaciones que considere necesarias.
Una vez finalizado este periodo de exposición, se abrirá la fase de pago voluntario. El cobro se extenderá durante dos meses, tal como establece la normativa local para estos recibos. Es un trámite rutinario pero necesario para el mantenimiento del servicio.
Quienes no tengan el recibo domiciliado disponen de dos vías para abonar la tasa. Puedes acudir directamente a las oficinas municipales del Ayuntamiento o realizar el ingreso en la cuenta de Ibercaja, cuyo número es ES82/2085/1021/24/0300036996. Si ya lo tienes domiciliado, el cargo se efectuará automáticamente en tu entidad bancaria.
El alcalde, Félix Ángel Navarro, ha firmado el decreto que activa todo el procedimiento. El pago no admite despistes.
Pasado el plazo voluntario, las deudas que queden pendientes pasarán a vía ejecutiva. Esto implica la aplicación de recargos, intereses de demora y las correspondientes costas del procedimiento de apremio.
La normativa también establece cómo proceder si no estás de acuerdo con la liquidación. Existe un plazo de un mes para interponer un recurso de reposición ante el órgano que aprobó el padrón, contado desde el día siguiente al cierre de la exposición pública.
El sistema es claro. No se puede reclamar dos veces.
Si el recurso de reposición es desestimado, la vía contencioso-administrativa sigue abierta ante los juzgados. Son plazos estrictos que conviene tener presentes si surge cualquier incidencia administrativa con el recibo.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.