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Normas Forales·Boletín Bien de Álava,

Álava estrena el impuesto sobre estancias turísticas en 2027

Hoteles, campings y viviendas vacacionales en Álava tendrán un nuevo gravamen desde enero. Quiénes quedan exentos y cuánto podría costar la noche.

Si tienes pensado viajar por Álava el próximo año o gestionas un alojamiento, toma nota: el territorio contará desde el 1 de enero de 2027 con un nuevo impuesto sobre estancias turísticas. Las Juntas Generales han aprobado una norma foral que obliga a pagar por cada noche o fracción de día de hospedaje en hoteles, pensiones, apartamentos, campings, agroturismos, casas rurales y albergues, además de las viviendas de uso turístico.

Datos clave

En vigor
1 de enero de 2027
Exenciones
Menores de 18 años, discapacidad igual o superior al 65% y motivos de salud o estudios
Límite de cobro
Máximo de 6 unidades de estancia por persona y periodo de alojamiento
Reservas exentas
Formalizadas antes del 5 de febrero de 2026
Tarifas
Entre 0,50 € y 6,50 € según la categoría del alojamiento

El sistema fija unos márgenes según la categoría del alojamiento. Por ejemplo, en los hoteles de cinco estrellas o equivalentes, el coste por unidad de estancia se moverá entre los 4,50 y los 6,50 euros. En el extremo opuesto, los agroturismos y albergues tendrán un gravamen que oscila entre los 0,50 y los 1,25 euros por noche. En todo caso, la norma limita el cobro a un máximo de seis unidades de estancia por persona y cada periodo de alojamiento.

No todos los viajeros pasarán por caja. La ley contempla exenciones específicas: los menores de dieciocho años, las personas con discapacidad igual o superior al 65 por ciento o grado II o III de dependencia (más un acompañante), y quienes se alojen por motivos de salud o estudios dentro de programas públicos no pagarán este tributo. Tampoco lo harán las estancias derivadas de causas de fuerza mayor, como catástrofes naturales o siniestros en la vivienda habitual, ni aquellas subvencionadas por programas sociales de administraciones públicas.

Los ayuntamientos tendrán la última palabra sobre el tipo exacto a cobrar dentro de esos márgenes, y podrán aplicar bonificaciones de hasta el 100 por ciento en municipios con poca oferta alojativa (25 plazas o menos) o baja intensidad turística. Por el contrario, los municipios de más de 5.000 habitantes con alta presión turística podrán imponer un recargo de hasta el 50 por ciento.

La recaudación y gestión recaerá en cada ayuntamiento, que deberá articular el pago trimestralmente. Si el establecimiento no ha fijado una ordenanza propia antes de que el impuesto entre en vigor, la norma establece que se aplicarán directamente los tipos máximos previstos para cada categoría.

Un detalle importante para quienes planifican con antelación: las reservas que hayan sido formalizadas antes del 5 de febrero de 2026 no estarán sujetas a este pago, independientemente de cuándo se realice el viaje. El impuesto nace con vocación de revisión, pues la Diputación prevé analizar su impacto cada dos años para valorar posibles cambios en las tarifas.

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