Ayuntamiento de Aramaio·Boletín Bien de Álava,

Aramaio busca secretario-interventor con urgencia

Plazo de solicitudCerrado el 29 de junio de 2026
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El ayuntamiento ha iniciado el procedimiento para cubrir el puesto de forma provisional. Si eres funcionario de habilitación nacional, tienes cinco días para presentar tu solicitud.

El Ayuntamiento de Aramaio ha puesto en marcha un proceso de selección urgente para cubrir el puesto de secretaría-intervención, una pieza clave en el engranaje municipal que quedará vacante próximamente ante la imposibilidad de que su titular actual desempeñe las funciones. El alcalde, Asier Agirre Mugartza, ha firmado la resolución que activa la búsqueda de un funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para tomar el relevo de manera provisional.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 29 de junio de 2026
Requisitos
Funcionario de habilitación nacional, grupo A1 y perfil lingüístico 4
Retribución
Complemento específico anual de 26.112,80 €
Qué hacer
Presentar modelo oficial de solicitud, DNI y acreditación de funcionario

El plazo para que los interesados presenten su candidatura es extremadamente breve: tan solo cinco días hábiles desde la publicación de este anuncio en el boletín. Para participar, es imprescindible pertenecer a la escala de habilitación nacional, con preferencia para aquellos aspirantes que se encuentren en la misma subescala que el puesto a cubrir.

El baremo de méritos que se aplicará para priorizar a los candidatos será el último publicado por el Gobierno Vasco antes de que finalice el plazo de inscripción. Aquellos que deseen optar a la plaza deben presentar el modelo oficial de solicitud adjunto en la convocatoria, junto con su DNI y la documentación que acredite su condición de funcionario de habilitación nacional.

El puesto, clasificado como clase tercera y correspondiente al grupo A1, conlleva un complemento de destino de 29 y un complemento específico anual de 26.112,80 euros. Además, se requiere estar en posesión del perfil lingüístico 4, una exigencia que en este caso tiene fecha de preceptividad desde finales de 1994.

Una vez establecido el orden de prelación entre los candidatos, el consistorio solicitará formalmente el informe favorable de la entidad local donde presten servicios actualmente, disponiendo los seleccionados de un plazo de diez días hábiles para tramitar dicha documentación. En el caso de que el procedimiento quede desierto, se activarán automáticamente las vías alternativas previstas en la legislación vigente para garantizar que el área de secretaría-intervención no quede desatendida.

La resolución ya ha sido comunicada y deberá dar cuenta de los pasos seguidos ante el Pleno municipal en la próxima sesión. Para cualquier aclaración sobre la documentación necesaria o el procedimiento administrativo, el ayuntamiento recuerda que todo el trámite debe formalizarse por las vías oficiales recogidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

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