AMADIBA recibe 21.838 euros para su ocio adaptado en Semana Santa
La Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia formaliza el pago de la ayuda por las actividades de ocio adaptado realizadas durante la pasada Pascua.
Las familias de niños con dependencia que forman parte de la Asociación de Madres y Padres de Personas con Discapacidad de las Illes Balears (AMADIBA) ya cuentan con la resolución definitiva para la actividad de ocio adaptado realizada durante la pasada Semana Santa.
Datos clave
- Importe
- 21.838,08 €
- Beneficiario
- AMADIBA
- Usuarios
- 100 menores (63 grado III, 37 grado II)
- Periodo
- Semana Santa 2026
La Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia ha aprobado una ayuda de 21.838,08 euros para sufragar estos días de respiro. El proyecto, desarrollado durante cuatro jornadas, permitió atender a 63 menores con grado III de dependencia y a otros 37 con grado II.
Para el cálculo de esta cuantía se ha aplicado el módulo técnico vigente, fijado en 60,16 euros por día y persona usuaria. Mientras que el coste de los niños con grado III ha sido cubierto al 100 por cien por la administración autonómica, en el caso de los participantes con grado II la cobertura ha alcanzado el 75 por ciento.
Esta concesión viene a cerrar el expediente de Pascua, que había sido objeto de una solicitud previa ligeramente superior, de 22.018,56 euros. La diferencia se ha ajustado tras la valoración final de la Comisión Evaluadora, que ha confirmado que el gasto está correctamente justificado y que AMADIBA se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda.
El pago de esta ayuda se realizará mediante un anticipo completo, tal y como establecen las bases de la convocatoria para este tipo de periodos no lectivos. La entidad, que no puede subcontratar las actividades, deberá mantener las ratios de personal exigidas para garantizar la atención directa de los menores en todo momento.
La resolución ya agota la vía administrativa, aunque contra ella cabe interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o, en su defecto, uno contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en un periodo de dos meses. El proceso para la Semana Santa de 2026 ya es historia.
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