La nueva plantilla municipal de Castelldefels, al detalle
El Ayuntamiento ha dado luz verde a la última modificación de su relación de puestos de trabajo, un documento técnico que define las funciones y el sueldo de su personal.
El Pleno del Ayuntamiento de Castelldefels aprobó el pasado 24 de abril una importante actualización de su relación de puestos de trabajo. Este documento, que ya es público tras su publicación oficial, es el mapa que detalla cómo se organiza el personal municipal, desde las áreas de servicios generales y comunicación hasta el área de igualdad y salud o la policía local.
Datos clave
- Plazo recurso
- 2 meses para recurso contencioso o 1 mes para recurso de reposición
- Complemento jefe
- 2.590 € de complemento específico fijo para jefe de sección
- Complemento soporte
- 936 € de complemento para soporte administrativo
- Fecha aprobación
- 24 de abril
La estructura administrativa es compleja y minuciosa. Por ejemplo, en el área de comunicación e imagen, se establecen funciones como jefes de sección o unidades básicas con sueldos específicos, como los 2.590 euros de complemento específico fijo que recibe un jefe de sección en ese departamento. Esta cifra contrasta con los niveles de entrada, como el de soporte administrativo, que cuenta con un complemento de 936 euros.
El documento también revela el peso de servicios clave como el de servicios sociales, dependencia y gente mayor, que cuenta con una plantilla robusta de trabajadores sociales, educadores y personal de apoyo. En el área de policía local, el despliegue es igualmente detallado, con un inspector al frente y una estructura que contempla desde agentes hasta personal de apoyo administrativo y auxiliar de vigilancia.
Si necesitas realizar alguna consulta sobre este documento, ten en cuenta que el acuerdo municipal ya ha puesto fin a la vía administrativa. Cualquier interesado en presentar un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de Barcelona dispone de un plazo de dos meses desde la notificación, o bien un mes si opta por el recurso de reposición ante el mismo órgano municipal que dictó el acuerdo.
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