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Sant Feliu de Llobregat·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Sant Feliu de Llobregat: cambios en el servicio de canguratge

El Ayuntamiento abre el plazo de 30 días hábiles para revisar el nuevo reglamento del servicio municipal de canguros, adaptado ahora a las directrices de la Generalitat.

Las familias de Sant Feliu de Llobregat que recurren al servicio puntual de canguratge municipal tienen desde esta semana una cita con la burocracia local, aunque esta vez con el objetivo de actualizar las reglas del juego. El pleno del Ayuntamiento, reunido el pasado 28 de mayo, dio luz verde inicial a una serie de modificaciones en el reglamento que rige este apoyo a la conciliación familiar.

Datos clave

Plazo
30 días hábiles para examinar el anteproyecto y presentar alegaciones
Dónde
Portal de transparencia del Ayuntamiento y e-Tauler

El texto, que ya se encuentra en fase de información pública, busca alinear la normativa local con las necesidades actuales de la ciudadanía, pero sobre todo con las resoluciones dictadas por la Generalitat de Catalunya que afectan directamente a cómo se presta este tipo de servicio. La intención es que el marco normativo no se quede obsoleto frente a los cambios en los estándares autonómicos.

Si quieres conocer qué ajustes se proponen, tienes un plazo de 30 días hábiles para examinar el anteproyecto. El documento está disponible para su consulta en el portal de transparencia del Ayuntamiento y en el tablero de edictos electrónico, conocido como e-Tauler.

Durante este mismo periodo, cualquier vecino o entidad puede formular las reclamaciones o sugerencias que estime pertinentes. Es un proceso abierto que permite introducir mejoras antes de que el texto se considere aprobado de manera definitiva, un escenario que ocurrirá automáticamente si nadie presenta alegaciones durante el mes de exposición.

Una vez superado este trámite y cumplidos los plazos administrativos legales, el nuevo reglamento entrará en vigor. El consistorio ya ha previsto los pasos posteriores, que incluyen trasladar el texto definitivo a la Delegación del Gobierno y al órgano correspondiente de la Generalitat, tal como marca la legislación de bases de régimen local.

Si no se presentan reclamaciones, la modificación se dará por zanjada sin necesidad de volver a pasar por el pleno. Por el contrario, cualquier observación presentada será evaluada, lo que podría dilatar el proceso antes de que la nueva normativa sea efectiva y se publique finalmente para su aplicación práctica en el municipio.

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