10.000 euros para actividades socioculturales en Sant Salvador de Guardiola
Ver todas las subvenciones y ayudas en la Provincia de Barcelona →El Ayuntamiento lanza su convocatoria anual de ayudas con un fondo de 10.000 euros. Las entidades locales tienen 20 días para solicitar la financiación de sus proyectos.
Las asociaciones y entidades de Sant Salvador de Guardiola tienen desde esta semana una nueva oportunidad para financiar sus proyectos socioculturales. El Ayuntamiento ha abierto la convocatoria anual de subvenciones, destinada a cubrir iniciativas que van desde el envejecimiento activo hasta la promoción del patrimonio cultural o las artes escénicas.
Datos clave
- Plazo solicitud
- Hasta el 16 de agosto de 2026
- Beneficiario
- Entidades sin ánimo de lucro y centros educativos locales
- Cuantía
- Fondo de 10.000 € (máx. 50% del coste)
- Cómo solicitar
- Sede electrónica del Ayuntamiento
El fondo total de la ayuda asciende a 10.000,00 euros. Esta cantidad está sujeta a una regla de oro: la subvención municipal no podrá cubrir nunca más del 50 por ciento del coste total de la actividad que se pretenda realizar.
Para acceder a estos fondos, los solicitantes deben ser entidades privadas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Sant Salvador de Guardiola. También pueden optar a ellas las instituciones religiosas y los centros educativos autorizados por el Departamento de Educación de la Generalitat que tengan su sede en el municipio.
Los proyectos subvencionables deben haberse desarrollado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Es decir, se trata de una convocatoria con un marcado carácter retroactivo para cubrir actividades que ya han tenido lugar o que están a punto de finalizar.
La valoración de las solicitudes no será aleatoria. El Ayuntamiento puntuará la viabilidad del proyecto, su arraigo en el pueblo, la capacidad de la entidad para colaborar con otros colectivos locales y, muy especialmente, el fomento de la identidad y lengua catalanas. El carácter abierto y gratuito de la actividad también sumará puntos en el baremo.
La presentación de solicitudes debe realizarse exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. El plazo es de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación oficial.
El dinero ya estaba guardado.
Los beneficiarios no deben despistarse con la burocracia final. La justificación de los gastos debe realizarse obligatoriamente en el periodo comprendido entre el 1 y el 20 de octubre de 2026, igualmente por vía telemática.
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