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Tordera·Boletín Bien de Barcelona,

Tordera aprueba el padrón de los servicios de ayuda a domicilio

El Ayuntamiento abre el periodo para consultar la liquidación de abril, con el calendario de pagos y la vía para presentar reclamaciones ya fijados.

Los usuarios de los servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia de Tordera ya tienen sobre la mesa la liquidación correspondiente al mes de abril de 2026. El Ayuntamiento ha formalizado el padrón fiscal para este periodo, que asciende a un total de 332,26 euros.

Datos clave

Importe
332,26 €
Plazo consulta
20 días naturales desde la publicación
Periodo pago
Del 26 de junio al 26 de agosto
Cargo domiciliado
A partir del 1 de julio
Recurso reposición
1 mes tras finalizar la exposición pública

Desde esta semana, el documento está expuesto al público en el tablón de anuncios municipal durante un plazo de 20 días naturales. Si eres uno de los beneficiarios, puedes consultar el expediente de manera telemática a través de la sede electrónica o el portal e-Tauler del Ayuntamiento para verificar los datos de tu liquidación.

El periodo de pago voluntario se ha programado entre el 26 de junio y el 26 de agosto, ambos inclusive. Si tienes el recibo domiciliado, el cargo se efectuará en tu cuenta bancaria a partir del 1 de julio, facilitando así el cumplimiento de la obligación tributaria sin necesidad de desplazamientos.

Es fundamental recordar que, una vez superado el 26 de agosto, las deudas que no hayan sido satisfechas pasarán a cobrarse por la vía ejecutiva. En ese supuesto, el importe original se verá incrementado con los recargos de apremio, los intereses de demora y las posibles costas derivadas del procedimiento de recaudación.

Si no estás de acuerdo con la liquidación, la normativa permite interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el padrón, en el plazo de un mes tras finalizar la exposición pública. En caso de que el recurso no reciba respuesta en el mes siguiente a su presentación, se entenderá desestimado por silencio administrativo, dejando abierta la puerta a la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de la provincia.

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