Nuevo reglamento para el Consell de les Persones Grans del Berguedà
El órgano consultivo que vela por el envejecimiento activo en la comarca estrena normas de funcionamiento tras 25 años. Quiénes lo integran y qué cambia ahora.
Si formas parte de una asociación, un casal o simplemente te interesa la participación activa en el Berguedà, el Consell de les Persones Grans ha puesto al día sus reglas del juego. Tras un cuarto de siglo operando bajo los estatutos de 2001, el Consell Comarcal ha aprobado un nuevo reglamento para adaptar este órgano a las necesidades actuales de gobernanza.
Datos clave
- Plazo de recurso
- 2 meses desde la publicación en el boletín oficial
- Duración mandato
- 4 años con renovaciones parciales cada 2 años
- Qué cambia
- Nueva estructura con Asamblea General, Comisión Operativa y comisiones de trabajo
- Requisitos permanencia
- Asistir a las sesiones; la ausencia injustificada a 3 sesiones consecutivas es causa de ba
El Consell actúa como la voz consultiva y dinamizadora del colectivo mayor de 65 años en la comarca. Con este cambio, se busca definir con mayor claridad los órganos de decisión, que quedan estructurados en una Asamblea General, una Comisión Operativa y las futuras comisiones de trabajo. Estas últimas serán temporales o permanentes, diseñadas para abordar temas específicos bajo la supervisión de la comisión operativa.
La composición de la Asamblea General incluye a la presidencia del Consell Comarcal, al responsable de personas mayores, a representantes de entidades y casals, y a profesionales del sector. El nuevo texto permite que personas mayores de municipios sin entidades propias tengan también representación directa, garantizando que el Berguedà rural esté presente en la toma de decisiones.
Para los miembros actuales, no hay cambios inmediatos en sus funciones. La disposición transitoria aclara que todo el personal y los órganos vigentes continuarán en sus puestos hasta que se proceda a la renovación o ratificación formal bajo las nuevas pautas, que establecen periodos de permanencia de cuatro años con renovaciones parciales cada dos.
El reglamento detalla las causas por las que se puede perder la condición de miembro, que van desde faltas de respeto hasta la ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas. La toma de decisiones en la comisión operativa seguirá siendo por mayoría simple, mientras que cualquier modificación futura del propio reglamento requerirá una mayoría reforzada de dos tercios de la Asamblea.
El secretario del Consell, Ignacio Aragonés Seijo, ha dado el visto bueno a este marco normativo en Berga, donde ya se ha publicado el texto completo. Si alguna entidad desea interponer un recurso contencioso-administrativo, el plazo es de dos meses desde la publicación en el boletín oficial.
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