Hacienda y Finanzas·Boletín Bien de Bizkaia,

Nuevo modelo 181 para entidades financieras en Bizkaia: así es el cambio

Hacienda actualiza el modelo 181 para préstamos y operaciones inmobiliarias, sumando a nuevos actores financieros al deber de información anual. La primera presentación bajo estas bases será en enero de 2027.

Si tu entidad financiera opera en Bizkaia, hay una nueva obligación informativa que anotar en la agenda. La Hacienda foral ha publicado el nuevo modelo 181, destinado a recoger los préstamos, créditos y operaciones financieras vinculadas a inmuebles, ajustando sus exigencias a la realidad actual del sector bancario.

Datos clave

Plazo
Del 1 al 31 de enero de cada año
Beneficiario
Entidades financieras, de pago y dinero electrónico
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Diputación de Bizkaia
Entrada en vigor
Declaraciones del ejercicio 2026 (enero 2027)

El cambio principal reside en el ámbito subjetivo: la declaración ahora incluye explícitamente a las entidades de dinero electrónico, las entidades de pago y aquellas sucursales extranjeras que operan en España bajo el régimen de libre prestación de servicios. También se clarifica la obligación de informar sobre ingresos y retiradas de efectivo.

La presentación será obligatoria por vía electrónica. El plazo para rendir cuentas ante Hacienda se mantiene fijo cada año: todo el mes de enero, sobre las operaciones del ejercicio natural anterior. Para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026, la primera cita será en enero de 2027.

El modelo requiere el envío de mensajes informáticos detallados. Estos registros incluyen desde los datos del prestatario hasta la referencia catastral del inmueble, el valor de tasación y el desglose de los importes abonados durante el año en concepto de amortización, intereses o gastos de financiación. Los campos específicos varían según la naturaleza de la operación.

Si el envío contiene errores, el sistema te devolverá un mensaje indicando qué registros fueron rechazados y el porqué. Aquellos que sí sean aceptados recibirán un código de verificación electrónica, que servirá como justificante oficial del suministro realizado.

Esta normativa deroga la anterior Orden Foral 2281/2016. La nueva disposición ya es oficial y obliga a las entidades a adaptar sus sistemas de información a los nuevos campos de detalle previstos en el anexo de esta resolución.

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