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Zalla ajusta las ayudas para haurreskolas y guarderías en 2026

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El Ayuntamiento de Zalla modifica sus bases para las ayudas de guardería, adoptando el IPREM como referencia. Conoce los nuevos tramos y el periodo abierto para presentar alegaciones.

El Ayuntamiento de Zalla ha puesto sobre la mesa un cambio importante en la forma de calcular las ayudas para las guarderías y haurreskolas del municipio. La modificación, aprobada inicialmente en pleno y publicada ahora en el boletín oficial, busca actualizar los criterios de renta para que las subvenciones se ajusten mejor a la realidad económica de las familias locales.

Datos clave

Plazo exposición
30 días hábiles
Límite renta
3 veces el IPREM
Ayuda máxima
85% del coste total

El cambio principal pasa por sustituir los tramos de renta fijos en euros por el uso del IPREM como referencia en la Renta Familiar Estandarizada. Con este nuevo sistema, se establece un límite máximo de exclusión para las familias cuyos ingresos superen tres veces el IPREM. El objetivo parece ser estandarizar el baremo bajo un indicador oficial que ya utilizan otras muchas administraciones en Euskadi.

Los porcentajes de ayuda también experimentan ajustes significativos. Para quienes tengan rentas hasta dos veces el IPREM, la cobertura del gasto sube hasta el 70 por ciento. En los tramos intermedios y altos, la cobertura se sitúa en el 35 y el 10 por ciento respectivamente. Las familias monoparentales con rentas inferiores a dos veces el IPREM cuentan con un porcentaje fijo del 80 por ciento.

Se mantiene una protección especial para víctimas de violencia de género o terrorismo, que acceden a un 80 por ciento de ayuda. Además, se introduce un tope máximo de subvención del 85 por ciento cuando hay varios hijos matriculados simultáneamente y los porcentajes, tras aplicarse el multiplicador de 1,5, excederían ese límite.

El documento está ahora en fase de exposición pública durante 30 días hábiles. Es el plazo que tiene cualquier vecino para presentar reclamaciones o sugerencias antes de que el cambio sea definitivo. Si no hay alegaciones, el acuerdo se entenderá aprobado automáticamente sin tener que volver al pleno municipal.

La norma cambia. El trámite administrativo sigue su curso.

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