Industria, Universidades, Empleo y Comercio·Boletín Bien de Castilla y León,

Nuevas reglas de la Junta para subvenciones de prevención laboral

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Las organizaciones sindicales y empresariales de la Comunidad ya cuentan con los requisitos para pedir las próximas ayudas de seguridad laboral. El plazo de justificación cierra en noviembre y hay reglas estrictas.

Las organizaciones sindicales y empresariales de Castilla y León ya tienen nuevas reglas de juego para solicitar fondos destinados a la prevención de riesgos laborales. La Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio ha publicado las bases reguladoras que marcarán cómo se repartirán estas ayudas en los próximos años, poniendo el foco, sobre todo, en las pequeñas empresas.

Datos clave

Plazo
Justificación antes del 10 de noviembre
Beneficiario
Sindicatos y organizaciones empresariales
Requisitos
Proyectos de prevención de riesgos
En vigor
10 de agosto de 2026

El documento establece el marco para una línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que los proyectos presentados deberán demostrar su valor y eficiencia frente a otras propuestas. La financiación procederá de transferencias finalistas del Ministerio de Trabajo y Economía Social, bajo la supervisión directa de la Administración autonómica.

Podrán optar a estas ayudas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como las que operen en un ámbito sectorial. También se abre la puerta a fundaciones vinculadas a estas entidades y a agrupaciones de organizaciones que, aun sin personalidad jurídica propia, se unan para desarrollar proyectos específicos de seguridad y salud laboral.

Un punto clave para los interesados es la rigidez en la ejecución. La norma prohíbe las subcontrataciones sucesivas y limita al 50 por ciento la posibilidad de externalizar actividades, exigiendo además un contrato escrito con el subcontratista. Las labores de dirección, coordinación, supervisión y evaluación del programa son indelegables.

La justificación de los gastos contará con un plazo estricto: siempre antes del 10 de noviembre del año de la convocatoria. Si el proyecto supera los 90.000 euros, será obligatorio acompañar la memoria económica con un informe de auditoría de cuentas. Para gastos menores, bastará con la documentación soporte justificativa.

Existen límites claros para evitar abusos. Por ejemplo, el gasto en bibliografía no puede exceder el 1 por ciento de la subvención concedida y no se aceptan suscripciones a boletines o revistas como gasto imputable. Los costes de catering tienen un tope fijado en 20 euros por asistente y día.

Las entidades que reciban estas ayudas deberán incluir de forma visible los logotipos de la Junta de Castilla y León en toda publicidad que realicen sobre el proyecto. El incumplimiento de esta obligación publicitaria puede acarrear una minoración de hasta el 30 por ciento del coste justificado para el producto final.

El órgano concedente podrá solicitar la reformulación de la solicitud si la subvención otorgable difiere en más de 3.000 euros respecto a lo solicitado inicialmente. En ese caso, el beneficiario dispondrá de diez días hábiles para ajustar sus compromisos sin alterar el objeto del proyecto.

La normativa entra en vigor desde hoy mismo, el 10 de agosto de 2026. Las futuras convocatorias detallarán los plazos exactos de presentación.

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