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Ayudas por ERE en Castilla y León: 10 euros por día de suspensión

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La Junta lanza ayudas para compensar la pérdida de poder adquisitivo de trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo. Te explicamos los límites de la cuantía y las condiciones para acceder al pago.

Si tu contrato de trabajo ha sufrido un parón o una reducción de jornada por un expediente de regulación de empleo en Castilla y León, la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio ha puesto en marcha un salvavidas económico. La normativa publicada este 11 de agosto establece las bases para compensar esa pérdida de ingresos que sufren los trabajadores cuando la actividad se detiene.

Datos clave

Plazo
15 días desde que finalice el expediente
Beneficiario
Trabajadores con ERE en Castilla y León
Cuantía
10 € por día de suspensión, máx. 300 días
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Junta

La ayuda consiste en un pago fijo de 10 euros por cada jornada completa de suspensión de contrato. El tope máximo de compensación se ha fijado en 300 jornadas, lo que supone un respaldo importante para los afectados. Eso sí, para que el sistema sea justo, el ingreso total del trabajador, sumando su sueldo o prestación por desempleo y esta nueva ayuda, no puede superar en ningún caso el 100 por cien de su retribución bruta habitual.

Para poder pedir esta subvención es obligatorio que tu centro de trabajo esté ubicado en algún municipio de Castilla y León y que tu base de cotización por contingencias comunes no supere los 4.000 euros mensuales en un contrato a tiempo completo. Si tu contrato es a tiempo parcial, se aplicará el cálculo proporcional correspondiente a tu jornada real.

El procedimiento es sencillo y se tramita por orden de entrada en el registro, siempre que la documentación esté completa. Deberás acreditar tu situación mediante informes de vida laboral o certificados de empresa que justifiquen los días en los que has estado afectado por el ERE, ya sea por causas económicas, técnicas o de fuerza mayor.

Si no recibes prestación por desempleo, tendrás que presentar un certificado de la empresa en un plazo de 15 días desde que finalice el expediente. Es vital recordar que estas ayudas son incompatibles con la subvención prevista en la Orden IEM/731/2023, por lo que no es posible cobrar ambas al mismo tiempo.

El abono del cien por cien de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria una vez dictada la resolución favorable. La administración tiene un plazo de 3 meses para resolver desde la fecha en la que registres tu solicitud, tras lo cual se entendería desestimada si no hay respuesta expresa.

La gestión debe realizarse a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León o en el portal de trabajo y prevención de riesgos laborales. Necesitarás disponer de un certificado electrónico válido para completar el trámite, un requisito indispensable para agilizar la gestión en este tipo de expedientes.

Las notificaciones te llegarán por la vía que elijas al inscribirte, ya sea correo postal o telemática. Los errores en la documentación son subsanables, pero debes estar atento: el órgano instructor te dará un máximo de diez días para corregir cualquier falta antes de considerar que desistes de tu petición.

Las ausencias justifican el reintegro. No olvides declarar cualquier otra ayuda que estés recibiendo por el mismo motivo.

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