Junta de Andalucía: Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Córdoba)·Boletín Bien de la Provincia de Córdoba,

Nuevo convenio para la limpieza viaria de Montilla hasta 2030

El personal de limpieza de Montilla estrena marco laboral con vigencia hasta 2030 y efectos económicos retroactivos. El acuerdo blinda las condiciones frente a subrogaciones.

Los trabajadores de la limpieza viaria de Montilla ya tienen nuevo marco de trabajo. El convenio colectivo que regula la actividad de la plantilla adscrita a Prezero España en este municipio ha visto la luz, formalizando unas condiciones que se aplican con carácter retroactivo desde el 1 de abril de 2025.

Datos clave

Vigencia
Hasta el 31 de marzo de 2030
Efectos
Retroactivos al 1 de abril de 2025
Vacaciones
30 días naturales al año
Antigüedad
27,82 € al mes por trienio

El acuerdo establece una vigencia prolongada que se extenderá hasta el 31 de marzo de 2030. Si ninguna de las partes solicita su denuncia con al menos dos meses de antelación al vencimiento, el documento se prorrogará automáticamente por periodos anuales.

El texto detalla tres categorías profesionales: encargado, conductor y peón, cada una con su estructura salarial. Destaca el plus de 25 euros brutos por festivo trabajado en fechas especiales, como año nuevo, jueves y viernes santo, que se suma al descanso compensatorio de 2,5 días.

El salario base para todas las categorías se fija en 1.000 euros, un suelo que ninguna retribución podrá perforar, ya que el convenio garantiza el ajuste automático al salario mínimo interprofesional en caso de necesidad. El complemento de antigüedad se sitúa en 27,82 euros mensuales por trienio, con un tope de siete trienios.

La jornada laboral mantiene su rigor habitual, aunque con flexibilizaciones puntuales para las fechas de Navidad. Los trabajadores cuentan con 30 días naturales de vacaciones al año, y el convenio especifica un plus de 30 euros brutos al mes para quienes manejen habitualmente sopladoras.

Los permisos retribuidos incluyen 16 días de licencia por matrimonio o unión de hecho y cuatro días de asuntos propios. Estos últimos no pueden solaparse y su disfrute está vetado en fechas de alta intensidad de trabajo, como la Feria del Santo o los días navideños.

Una comisión paritaria, con representación equilibrada entre empresa y trabajadores, se encargará de velar por el cumplimiento del convenio. En caso de discrepancia, el plazo máximo para tratar el conflicto es de 30 días antes de escalar la situación a otros organismos.

El convenio asegura además la subrogación del personal ante cualquier cambio en la gestión del servicio. Si la empresa actual deja de prestar el servicio, la entidad que le suceda deberá absorber a la plantilla respetando todos sus derechos y condiciones laborales previas.

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