18 millones para el empleo de personas con discapacidad en Extremadura
Ver las 47 ayudas abiertas en Extremadura →El SEXPE convoca sus ayudas de 2026 para el mercado laboral protegido con 18 millones de euros. Plazos, programas y condiciones para acceder a la financiación.
El Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) abre su convocatoria de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido para el ejercicio 2026. La resolución, que cuenta con una dotación total de 18 millones de euros, busca dar continuidad a la creación de empleo y el mantenimiento de puestos en los centros especiales de la región.
Datos clave
- Importe
- 18.000.000 €
- Vigencia
- Hasta el 28 de febrero de 2027
- Beneficiario
- Centros especiales de empleo
- Cómo solicitar
- Sede electrónica de la Junta
Los fondos se reparten en tres líneas de actuación. El Programa I se centra en proyectos generadores de empleo, el Programa II en el mantenimiento de puestos de trabajo y el Programa III está destinado a financiar las unidades de apoyo a la actividad profesional. La convocatoria estará vigente hasta el 28 de febrero de 2027.
Las empresas interesadas deben tener en cuenta que el régimen de concesión es directo mediante convocatoria abierta. Las solicitudes se tramitan exclusivamente a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura, siendo necesario certificado digital o DNI electrónico para la firma.
Existen plazos específicos para cada programa. Para las ayudas del Programa I y II, la resolución habilita periodos extraordinarios destinados a solicitudes que no pudieron presentarse en la convocatoria anterior por el fin de su vigencia, con un plazo de un mes desde el día siguiente a esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En cuanto al mantenimiento de puestos (Programa II), el plazo máximo para presentar la solicitud es de dos meses a contar desde la finalización de cada mes natural al que se refiera el coste salarial, incluyendo las pagas extraordinarias de junio y diciembre. No se admitirán solicitudes que correspondan a gastos del ejercicio 2027.
El Programa III, enfocado en las unidades de apoyo, subvenciona costes salariales y de Seguridad Social devengados entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de agosto de 2026. Debido a que las ayudas requieren que los gastos estén efectivamente pagados, la fecha límite para estos costes se ajusta a este periodo.
La documentación exigida es extensa y varía según el programa. Se requiere acreditar estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, además de presentar informes de vida laboral, certificados de discapacidad y la relación nominal de la plantilla. En caso de no cumplimentar correctamente la solicitud, el interesado dispondrá de diez días hábiles para subsanar los errores.
Las resoluciones de concesión, que se notificarán a través de la sede electrónica, fijarán la cuantía exacta y las obligaciones de mantenimiento de empleo. Los beneficiarios deberán mantener los puestos y las condiciones laborales durante un periodo mínimo de dos años.
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