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Nuevos salarios en el sector funerario de Galicia para 2026

El sector funerario gallego actualiza sus tablas salariales con una subida del 2,90 % tras el acuerdo de la comisión paritaria. Te detallamos cómo quedan las nóminas y el plazo para presentar posibles recursos.

Los trabajadores del sector funerario en Galicia ya tienen las nuevas tablas salariales para este 2026. La comisión paritaria del VII convenio colectivo se reunió el pasado 6 de febrero en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales y ha formalizado la actualización que marca un incremento del 2,90 por ciento sobre el sueldo base y el plus de toxicidad.

Datos clave

Incremento salarial
2,90 %
Recurso de alzada
1 mes
Sueldo Jefe
28.919,83 € brutos al año
Sueldo base entrada
19.009,42 € brutos al año

El acuerdo, que ya cuenta con el depósito y la inscripción en el registro oficial, afecta a toda la escala profesional, desde el personal administrativo hasta los trabajadores de mantenimiento, limpieza y vigilancia. Las nuevas cuantías son de obligado cumplimiento tras su publicación en el Diario Oficial de Galicia este 6 de julio.

Para un Jefe Administrativo, el sueldo bruto anual se sitúa ahora en 28.919,83 €. En la escala de entrada, un trabajador de Mantenimiento y Limpieza o un Ordenanza alcanza los 19.009,42 € brutos al año. Las categorías intermedias, como el Funerario de 2ª o Azafata/o de 2ª, perciben 20.440,23 € anuales.

El convenio también ajusta conceptos extras como el calzado, que pasa a 169,25 €, y el premio por natalidad, que se fija en 540,60 €. Los precios por hora, tanto en jornada ordinaria como en las horas extras nocturnas o en domingos y festivos, se han recalculado siguiendo el mismo porcentaje de subida para evitar desfases en las nóminas.

Este incremento tiene efecto retroactivo desde el inicio del ejercicio 2026. Las empresas del sector, agrupadas bajo la Asociación Gallega de Empresas de Servicios Funerarios (Agesef), y los representantes sindicales de UGT y CC.OO. han sellado esta subida para ajustar los salarios al marco actual.

La resolución no agota la vía administrativa. Aquellos interesados que discrepen con la aplicación de este acta pueden interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración en el plazo de un mes. Todo queda registrado.

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