Política Social e Igualdad·Boletín Bien de Galicia,

Atención temprana en Galicia: baja el censo mínimo requerido

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Una corrección de errores en la orden de ayudas para la Red gallega de atención temprana rebaja el requisito de población para ciertos ayuntamientos.

Si tu ayuntamiento está planificando crear una unidad de atención temprana, hay un detalle técnico en las bases de la convocatoria que acaba de cambiar. Un error en la redacción original exigía un requisito demográfico que, desde esta semana, es más accesible para los municipios gallegos.

Datos clave

Censo mínimo
400 menores de 0 a 6 años
Fuente datos
IGE (1 de enero de 2025)

El cambio afecta al artículo 6 de la orden del 22 de julio, que regula estas subvenciones para el trienio 2026-2028. La cifra de población necesaria para optar a la gestión individual, cuando el ayuntamiento ya participaba en una unidad compartida, se reduce oficialmente.

Antes se pedía un censo mínimo de 500 menores. Ahora son 400. Ese margen de cien niños es el nuevo baremo oficial.

La referencia temporal se mantiene inalterable. Todo depende de la cifra de población a 1 de enero de 2025, según los datos del Instituto Gallego de Estadística. No hay más cambios en el texto.

La norma sigue su curso.

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