Más aire para los ayuntamientos de Gipuzkoa ante el gasto
Si el ayuntamiento se ha pasado con el gasto usando sus ahorros, ya no siempre hace falta aprobar un plan económico. La Diputación flexibiliza la tutela financiera.
Los ayuntamientos de Gipuzkoa disponen desde esta semana de una vía de escape más amable ante los descuadres presupuestarios. La Diputación Foral ha modificado su instrucción de tutela financiera para permitir que, cuando un ayuntamiento incumpla la regla de gasto por haber recurrido a su remanente de tesorería, no sea obligatorio aprobar un plan económico-financiero. La medida, publicada en el boletín del 20 de julio, alivia una carga administrativa que hasta ahora no distinguía entre despilfarro y uso responsable de los ahorros acumulados.
Datos clave
- Qué cambia
- Plan económico no obligatorio si el exceso de gasto se cubre con remanente
- Requisito
- Informe de Intervención aprobado por el Pleno
- Ámbito
- Entidades locales de Gipuzkoa
La norma cambia las reglas 3 y 11, aplicables tanto al ejercicio en curso como al anterior. Ahora, si la falta de encaje en la regla de gasto se debe exclusivamente al uso del remanente, el ayuntamiento podrá sustituir el engorroso plan económico por un informe técnico de su propia Intervención. Este documento deberá elevarse al Pleno municipal para su conocimiento, siempre que en él se garantice que la entidad sigue siendo financieramente sostenible.
La salvedad es clave: el informe debe certificar la salud financiera de la entidad conforme a lo previsto en la Norma Foral 1/2013. Si el informe concluye que, pese al uso del remanente, las cuentas no son sostenibles, el plan económico-financiero sigue siendo obligatorio.
El texto oficial incluye además la relación de inversiones financieramente sostenibles (IFS) que quedan fuera del cómputo de gasto. Entre ellas figuran actuaciones en seguridad, alcantarillado, abastecimiento de agua, residuos o centros docentes. Se excluye expresamente cualquier inversión con una vida útil inferior a cinco años o mobiliario, salvo que se destine a los servicios públicos mencionados.
Esta flexibilización también afecta al destino de los superávits. Las entidades que cumplan ciertos requisitos podrán optar por aplicar una regla especial que prioriza la atención de obligaciones pendientes de pago antes de destinar el sobrante a nuevas inversiones financieramente sostenibles.
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