Beasain, nueva ordenanza para poner ascensor en tu comunidad
El Ayuntamiento da luz verde definitiva a la normativa que facilita la accesibilidad en edificios antiguos, abriendo la puerta incluso a la expropiación.
Si vives en un edificio antiguo de Beasain y la falta de ascensor se ha convertido en un obstáculo diario para entrar a tu propia casa, el Ayuntamiento acaba de desbloquear una vía para que esto deje de ser un problema. Tras concluir el periodo de exposición pública sin recibir alegaciones, la nueva ordenanza municipal para la mejora de la accesibilidad en edificios residenciales es ya una realidad definitiva.
Datos clave
- En vigor
- Desde el 16 de junio
- Requisitos
- Edificios construidos antes de abril de 2000 con personas mayores de 70 años o discapacida
- Aval exigible
- 20% del valor económico de los bienes afectados por la expropiación
- Qué hacer
- Presentar proyecto técnico y realizar consultas previas en el Ayuntamiento
La normativa se centra en los edificios construidos antes del decreto de accesibilidad de abril del año 2000. El objetivo es claro: permitir que las comunidades de vecinos ejecuten las obras necesarias, como la instalación de ascensores o rampas, incluso cuando el planeamiento urbanístico actual ponía dificultades arquitectónicas o de espacio para realizarlas.
La pieza clave de esta ordenanza es la posibilidad de recurrir a la expropiación forzosa si no hay otro remedio. Si una comunidad necesita el espacio de un local privado o una parte de otra parcela para poder instalar el ascensor y no logra llegar a un acuerdo con los propietarios, el Ayuntamiento podrá actuar como entidad expropiante, siempre que se justifique la necesidad real y la presencia de personas con discapacidad o mayores de setenta años en el edificio.
Para iniciar este proceso, los promotores deben presentar un proyecto técnico que detalla la obra, su coste y la justificación de por qué es la única solución posible. Si el Ayuntamiento aprueba el expediente, el beneficiario, que suele ser la propia comunidad de propietarios, deberá asumir todos los costes derivados. De hecho, para garantizar que el proceso llegue a buen puerto, el Consistorio puede exigir un aval previo equivalente al 20 por ciento del valor económico de los bienes que se verían afectados por la expropiación.
La norma también detalla el orden de preferencia para ubicar estos nuevos elementos, priorizando siempre la caja de escaleras, seguida por el patio interior o, en última instancia, la fachada. Si no queda más remedio que ocupar espacio público, la actuación será excepcional y requerirá una autorización específica.
Este acuerdo municipal ya está en vigor desde este 16 de junio, un día después de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Si tienes dudas sobre cómo aplicar esto en tu comunidad o necesitas consultar si tu caso cumple los requisitos, el Ayuntamiento pone a disposición de los vecinos la posibilidad de realizar consultas previas técnicas antes de solicitar la licencia de obra definitiva.
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