El Ayuntamiento de Hernani actualiza su plantilla para 2026
El consistorio ha aprobado cambios en sus puestos de trabajo y plantilla orgánica, incluyendo la creación de tres cargos eventuales con sus respectivas retribuciones.
El Ayuntamiento de Hernani ha dado luz verde a la modificación de su Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y de su plantilla orgánica para el ejercicio 2026. Esta decisión, adoptada en el pleno ordinario del 26 de mayo y ratificada ahora en el boletín, responde a la necesidad constante de adaptar la estructura municipal a las dinámicas cambiantes de la gestión local.
Datos clave
- Salario Coordinador
- 37.089,36 € anuales
- Salario Comunicación
- 37.089,36 € anuales
- Salario Asesor
- 12.239,50 € anuales
- Plazo Recurso
- 1 mes para recurso de reposición
- Vía Judicial
- 2 meses para recurso contencioso-administrativo
El ajuste no solo reordena áreas existentes, sino que oficializa las condiciones económicas de tres puestos de personal eventual. Así, el coordinador del equipo de gobierno y el responsable de comunicación percibirán cada uno un salario anual de 37.089,36 euros, mientras que la plaza de asesor del grupo municipal Socialista Vasco se fija en 12.239,50 euros anuales.
La documentación publicada en esta edición del boletín detalla con precisión quirúrgica el catálogo de plazas, desde los servicios técnicos hasta la Guardia Municipal, incluyendo requisitos específicos como el carnet de conducir B+E para diversos agentes. Entre los datos, destaca la relación de vacantes y puestos marcados para amortizar, como las tres plazas de administrativo o la de responsable de luz y agua.
Las personas interesadas que consideren que este acuerdo vulnera sus derechos tienen ahora un plazo de un mes para interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que aprobó la modificación. Si prefieren la vía judicial, pueden presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de San Sebastián en el periodo de dos meses desde la notificación.
Como detalle de rigor, el consistorio advierte que en caso de detectar cualquier contradicción entre el texto en euskera y el castellano, será la versión en euskera la que prevalezca a efectos legales.
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