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Lorca aprueba su nueva ordenanza para informes de extranjería

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El Ayuntamiento de Lorca unifica el procedimiento para solicitar informes de integración social y adecuación de vivienda, estableciendo los requisitos y tasas definitivas.

Lorca ya tiene nueva hoja de ruta para quienes necesiten acreditar su integración o la idoneidad de su vivienda en procesos de extranjería. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente una ordenanza municipal que ordena cómo deben trabajar los Servicios Sociales en estas solicitudes, poniendo negro sobre blanco los trámites que hasta ahora se gestionaban bajo un marco menos específico.

Datos clave

Tasa vivienda
202,52 €
Gratuidad
Gratis el informe de integración social
Plazo emisión
1 mes desde la admisión
Validez informe
6 meses
Recurso
2 meses ante el TSJ de Murcia

La norma divide las aguas entre dos tipos de informes bien distintos. Por un lado, los de integración social, necesarios para arraigo social o socioformativo, que son gratuitos. Por otro, los de adecuación de vivienda, que sí llevan aparejada una tasa municipal de 202,52 euros.

Para el informe de integración social, el equipo técnico municipal valorará indicadores como el tiempo de residencia, la participación en redes de apoyo o el conocimiento del idioma. La solicitud se puede presentar en el Registro General del Ayuntamiento. Una vez admitida, los servicios sociales disponen de un plazo máximo de un mes para emitir el informe, tras un proceso que puede incluir entrevistas personales.

En cuanto a la adecuación de vivienda, el procedimiento se vuelve más técnico. Aquí es donde se solicita verificar que el domicilio cumple con las condiciones de habitabilidad y tamaño necesarias para la reagrupación familiar o la residencia inicial de menores. La ordenanza detalla una lista de requisitos que incluye desde la nota simple de la propiedad hasta contratos de alquiler y recibos de suministros al corriente de pago.

Las visitas a los domicilios, si fueran necesarias, requerirán siempre el consentimiento expreso del solicitante. Ninguna negativa a permitir el acceso puede suponer la denegación automática del informe, aunque el Ayuntamiento deberá motivar su decisión basándose en otros elementos objetivos. La validez de estos informes es de seis meses.

El texto normativo es de aplicación inmediata tras su publicación oficial en el boletín regional. Contra este acuerdo de aprobación definitiva, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en un plazo de dos meses.

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