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Industria, Transición Energética y Sostenibilidad·Boletín Bien del País Vasco,

Euskadi da luz verde a convertir escorias en áridos de construcción

El Gobierno Vasco regula el fin de la condición de residuo para las cenizas de las plantas de valorización energética. Las empresas tienen un plazo de 18 meses.

El Gobierno Vasco ha aprobado una nueva normativa para transformar lo que hasta ahora se trataba como un residuo en un material aprovechable dentro del sector de la construcción. El decreto, que entra en vigor el día siguiente a su publicación, establece las condiciones técnicas y ambientales necesarias para que las escorias generadas en las plantas de valorización energética de la Comunidad Autónoma puedan reconvertirse en áridos secundarios. Es un movimiento clave para el cumplimiento de las metas del Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Euskadi 2030, que busca reducir drásticamente el envío de desechos a los vertederos.

Datos clave

Plazo
18 meses para adaptar instalaciones y solicitar actualización de autorización
Requisitos técnicos
Análisis de seguimiento por cada 2.000 metros cúbicos de árido producido
Mezcla obligatoria
70% de árido secundario con 30% de áridos naturales en aplicaciones no ligadas
En vigor
Desde el día siguiente a la publicación

Para que estas escorias dejen de ser consideradas residuos y puedan entrar en el mercado como áridos, las empresas deberán cumplir con una serie de exigencias estrictas. Esto incluye contar con un sistema de gestión certificado, realizar análisis periódicos de lixiviación para garantizar que no hay riesgo ambiental y expedir una declaración de conformidad que acompañe a cada lote de material enviado. La normativa especifica además que cada análisis de seguimiento se realizará por cada 2.000 metros cúbicos de árido producido.

El decreto detalla minuciosamente dónde podrán usarse estos nuevos materiales. Los destinos permitidos incluyen la fabricación de cemento, productos cerámicos, hormigón, gravacemento y suelocemento. También se contemplan usos como árido en aplicaciones ligadas y en aplicaciones no ligadas bajo coberturas totalmente impermeables, como rellenos en cajones de hormigón cerrados o bajo aceras. En ciertos supuestos, como en el caso de aplicaciones no ligadas sobre terreno natural, se exigirá además una mezcla obligatoria de 70 por ciento de árido secundario con 30 por ciento de áridos naturales.

No todo vale: la norma excluye explícitamente su uso en espacios protegidos, zonas inundables, pistas forestales, caminos rurales sin pavimentar o cerca de pozos de agua, entre otras restricciones destinadas a salvaguardar el entorno. Las instalaciones que ya operan con estos materiales tienen ahora un margen de 18 meses para adaptar sus plantas a estos nuevos requisitos y solicitar la actualización de su autorización ante el órgano ambiental autonómico.

Este proceso legislativo ha contado con la validación de la Comisión Jurídica de Euskadi y el visto bueno de la Comisión Europea, tras el preceptivo periodo de comunicación reglamentaria. Con esta medida, el Ejecutivo busca transformar un flujo de residuos masivo en un recurso capaz de sustituir materias primas, avanzando en la economía circular que promueve la administración regional.

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