Urduliz es ya oficialmente zona de mercado residencial tensionado
El Gobierno Vasco declara Urduliz zona de mercado residencial tensionado para frenar la escalada de precios. La medida limita las rentas y define quién es gran tenedor.
Urduliz se suma desde este agosto al mapa de zonas tensionadas en Euskadi. La orden del Departamento de Vivienda y Agenda Urbana, que firma el consejero Denis Itxaso González, oficializa una medida que busca frenar la escalada de precios en el alquiler tras comprobar que el mercado local no está cumpliendo con las necesidades de vivienda habitual de sus residentes.
Datos clave
- Estado
- Zona tensionada declarada
- Gran tenedor
- 5 o más inmuebles residenciales
- Vigencia
- 3 años
- Recurso
- 1 mes (reposición) / 2 meses (judicial)
La norma trae cambios directos para los propietarios de viviendas en el municipio, especialmente para aquellos categorizados como grandes tenedores. Según la definición establecida, cualquier persona física o jurídica que sea titular de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en Urduliz, excluyendo garajes y trasteros, quedará sujeta a las nuevas limitaciones de precios.
El control de rentas será el eje de la intervención. En los contratos de arrendamiento de viviendas que no hayan estado alquiladas en los últimos cinco años, el precio pactado al inicio del contrato no podrá superar el límite máximo marcado por el sistema de índices de precios de referencia. Se busca así evitar subidas especulativas en inmuebles que vuelven al mercado tras periodos prolongados de desuso.
La medida tiene una vigencia inicial de tres años. La resolución se justifica en un crecimiento del precio de compra o alquiler que ha superado en más de tres puntos porcentuales el crecimiento acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma en los cinco años anteriores.
El plan conlleva la redacción de un calendario específico de medidas para corregir los desequilibrios detectados. La declaración fue solicitada por el propio Ayuntamiento de Urduliz el pasado 9 de febrero de 2026.
Contra esta orden cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Quienes prefieran la vía judicial disponen de dos meses para presentar un recurso contencioso-administrativo. Las normas cambian.
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