Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

La Puebla de los Infantes estrena su nuevo reglamento de honores

El Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes finalizó su nueva normativa de protocolo. El texto publicado establece los criterios para otorgar títulos honoríficos y define el orden de precedencia municipal.

El Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes ha cerrado su nuevo reglamento de protocolo, honores y distinciones. Tras el periodo de exposición pública en el que no se presentaron reclamaciones ni alegaciones, el texto ha quedado elevado a definitivo y ya está en vigor.

Datos clave

En vigor
Desde su publicación definitiva
Qué regula
Honores, distinciones y precedencia
Aprobación
Por el Pleno municipal
Distinciones
Medalla, Hijo Predilecto y Adoptivo

La normativa establece ahora con detalle cómo premiar méritos singulares o servicios extraordinarios prestados a la villa. El abanico de reconocimientos es claro: desde la Medalla de la Villa hasta los títulos de Hijo Predilecto o Adoptivo, pasando por menciones honoríficas y el título de Alcaldesa Perpetua para la patrona, Nuestra Señora de las Huertas.

Cada uno de estos honores tiene sus reglas específicas. Por ejemplo, el título de Hijo Predilecto requiere haber nacido en la localidad y haber realizado una labor destacada. El de Hijo Adoptivo, en cambio, se reserva para quienes sin ser nacidos allí, hayan alcanzado una consideración indiscutible en el ámbito público.

El procedimiento para otorgar estas distinciones se aleja de la improvisación. La iniciativa puede partir del propio alcalde, de un tercio de la corporación o de entidades y asociaciones. Una vez iniciada la propuesta, se formará una comisión instructora para evaluar méritos y elaborar un dictamen, que deberá recibir el respaldo de dos tercios del Pleno en sesión extraordinaria.

El reglamento incluye también la creación de un Libro de Honor donde se recogerán los nombres, fechas y motivaciones de los galardonados. Este registro es, a partir de ahora, el testimonio oficial de las personalidades que visiten el ayuntamiento o reciban un homenaje.

No todo es entrega de honores, pues también se prevé el proceso contrario. El Pleno podrá revocar una distinción si la persona galardonada incurre en conductas que, a juicio de la corporación, la hagan indigna de mantenerla.

La norma regula además el orden de precedencia en los actos organizados por el ayuntamiento, situando al alcalde en primer lugar, seguido de los tenientes de alcalde, concejales y portavoces. Se cierra así un expediente administrativo que, desde finales de julio, ha ajustado los protocolos locales a la normativa vigente.

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