Casares actualiza su normativa urbanística en suelo rústico
La Junta de Andalucía da el visto bueno parcial a la modificación del PGOU de Casares, fijando nuevas reglas para la implantación de energías renovables.
El municipio de Casares ya tiene luz verde para actualizar su normativa urbanística en suelo no urbanizable. La Junta de Andalucía ha publicado en el boletín oficial la resolución que culmina un largo proceso de tramitación, tras verificar que el ayuntamiento ha subsanado las deficiencias técnicas que el expediente arrastraba desde el pasado mes de junio.
Datos clave
- Qué ocurre
- Aprobación parcial de la modificación del PGOU
- Ámbito
- Normativa urbanística del suelo no urbanizable
- Expediente
- EM-CA-44
- Recurso
- 2 meses ante el TSJA
Esta modificación, que afecta a la ordenación estructural del municipio, llega con condiciones. La Junta ha decidido suspender la determinación que pretendía excluir dos parcelas específicas del polígono 28 de la prohibición general de instalar plantas de producción energética, al no encontrar justificación técnica suficiente en la documentación presentada. El resto del planeamiento queda, no obstante, aprobado de manera parcial.
El documento incorpora ahora un estricto manual de buenas prácticas ambientales para cualquier futura instalación energética. Desde la creación de pantallas vegetales de al menos cuatro metros de ancho hasta la instalación de dispositivos para evitar la colisión de aves en los tendidos eléctricos, las exigencias son minuciosas y buscan proteger el entorno frente a la presión de las energías renovables.
La normativa pone especial énfasis en la protección de los yacimientos arqueológicos y el patrimonio histórico de Casares. Se ha establecido un índice detallado de elementos protegidos que, junto a las zonas de exclusión, marcarán dónde se puede y dónde no se puede construir en el suelo rústico del municipio.
El expediente, bajo la referencia EM-CA-44, se puede consultar en la sede electrónica de la administración autonómica. Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses.
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