El convenio de Intermodal Forwarding en Bizkaia, vigente hasta 2030
La plantilla de Intermodal Forwarding en Bizkaia operará bajo un nuevo marco laboral hasta 2030, con subidas salariales vinculadas al IPC y nuevas condiciones en permisos y vacaciones.
El personal de Intermodal Forwarding en Bizkaia ya tiene su convenio colectivo oficial. El acuerdo, que fue suscrito el pasado 28 de mayo y registrado en la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social, regula las condiciones laborales hasta el 31 de diciembre de 2030.
Datos clave
- Vigencia
- Hasta el 31 de diciembre de 2030
- Jornada anual
- Máximo de 1.662 horas
- Incremento salarial
- IPC estatal del año anterior + 0,5%
- Seguro accidentes
- 89.481,07 € (ejercicio 2025)
El documento establece una jornada máxima anual de 1.662 horas. Los trabajadores han acordado renunciar a la jornada intensiva de verano a cambio de disfrutar de 12 días libres anuales, a razón de uno por mes, siempre que el funcionamiento del departamento lo permita.
Los salarios se incrementarán cada año según el IPC estatal del ejercicio anterior, sumándole un 0,5 por ciento adicional. Si el IPC fuese negativo, el incremento será, como mínimo, de ese 0,5 por ciento. El pago se realizará de forma puntual el último día hábil de cada mes, repartido en 12 pagas ordinarias y 4 extraordinarias.
La empresa aportará 940,69 euros al plan de pensiones de cada trabajador para el ejercicio 2025, mientras que el empleado sumará otros 267,29 euros. El convenio también incluye una póliza de seguro de accidentes con una cobertura mínima de 89.481,07 euros para casos de muerte o incapacidad permanente.
Para los ascensos, se fija el paso de auxiliar a oficial de forma automática al cumplir tres años de servicio. La prima de larga permanencia por 38 años de antigüedad queda eliminada, mientras que la bonificación por 23 años se congela para su progresiva desaparición.
El texto también detalla el régimen disciplinario, con faltas leves, graves y muy graves. Las sanciones pueden ir desde una amonestación verbal hasta el despido disciplinario, según la gravedad de la infracción cometida.
La empresa ha renunciado expresamente a descuelgues unilaterales durante la vigencia del convenio. Cualquier modificación requerirá el acuerdo previo con la representación legal de los trabajadores.
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