Nuevo convenio 2026 en Miesa Mantenimiento: subidas y fondo social
La plantilla de Miesa Mantenimiento, S.L. tiene desde hoy nuevo convenio colectivo para 2026. La norma, ya publicada, incluye un aumento salarial del 2,90 por ciento y un fondo de 7.000 euros para bajas prolongadas.
Los trabajadores de Miesa Mantenimiento, S.L. cuentan desde esta semana con el nuevo convenio colectivo para el ejercicio 2026, una norma que pone el foco en la actualización salarial y en la creación de un fondo de ayuda específica para bajas de larga duración por enfermedad común. El texto, registrado formalmente tras el acuerdo alcanzado entre la empresa y la parte social el pasado 17 de junio, ya es de obligado cumplimiento.
Datos clave
- Subida salarial
- 2,90% provisional sobre 2025
- Fondo enfermedad
- 7.000 € anuales de presupuesto
- Jornada anual
- 1.708 horas (partida) / 1.688 (continua)
- Sede Comisión
- Oficinas de Miesa en Las Carreras
El núcleo del acuerdo es una subida provisional del 2,90 por ciento respecto a las tablas de 2025. Este incremento se aplicará a todas las categorías profesionales, desde el auxiliar administrativo hasta el jefe de equipo, afectando tanto al salario base como a los complementos de puesto y personales. La norma incluye una salvaguarda vinculada al convenio provincial del metal de Bizkaia: si el futuro convenio sectorial de 2026 pactara una subida superior, la empresa aplicará esa cifra incrementada en un 0,25 por ciento, procediendo al abono de los atrasos correspondientes por la diferencia.
El convenio introduce una novedad en la protección social: un fondo económico anual de 7.000 euros aportado por la empresa. Su objetivo es complementar las prestaciones por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, una vez transcurridos 60 días de baja ininterrumpida. La ayuda, gestionada por un comité paritario, permite compensar parcialmente la pérdida de ingresos hasta un máximo de 1.025 euros anuales por trabajador, sin que la suma total percibida durante la baja pueda exceder el 90 por ciento de la base reguladora del mes anterior.
En cuanto a la jornada laboral, el texto fija 1.708 horas anuales para la jornada partida y 1.688 para la continua. Se mantiene la posibilidad de una distribución irregular de hasta 100 horas anuales por necesidades de producción, con un preaviso mínimo de cinco días para los trabajadores afectados. El exceso de horas en sábados, domingos o festivos será compensado preferentemente con tiempo de descanso, a razón de una hora y media por cada hora extra trabajada en laborable, y una hora y tres cuartos cuando se trate de días festivos o domingo.
El documento regula con detalle las licencias retribuidas y el régimen disciplinario, un catálogo que los delegados de personal y la dirección ya tienen sobre la mesa. La vigencia del convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, si bien se considera denunciado el 1 de noviembre de ese mismo año para iniciar la negociación de su sucesor. Cualquier discrepancia en la interpretación de estas nuevas reglas deberá pasar por el trámite previo de la comisión mixta, cuya sede se sitúa en las instalaciones que la empresa tiene en Las Carreras, en Abanto-Zierbena.
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