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Convenio de LAIP, S.A.: qué cambia para la plantilla en 2026 y 2027

La plantilla de LAIP, S.A. estrena nuevas condiciones laborales pactadas hasta finales de 2027, con un incremento salarial ligado al IPC de la CAPV y una prima extra.

Los trabajadores de LAIP, S.A. ya conocen el marco laboral que regirá su día a día durante los próximos dos años. El nuevo convenio de empresa, ya registrado y publicado, establece una subida salarial vinculada al IPC de la Comunidad Autónoma Vasca (CAPV) más un 0,30 por ciento fijo, con un suelo garantizado del 3,10 por ciento para este 2026.

Datos clave

Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2027
Subida salarial 2026
IPC de la CAPV más 0,30 %, con un suelo garantizado del 3,10 %
Incentivos
200 € si el beneficio supera 20.000 €; 350 € si supera 50.000 €
Jornada laboral
1.708 horas anuales en jornada partida y 1.688 horas en jornada continuada
Indemnización despido
28 días por año trabajado, con un tope de 18 mensualidades

El acuerdo introduce un sistema de incentivos que premia la rentabilidad de la compañía. Si el beneficio antes de impuestos supera los 20.000 euros, cada empleado recibirá un pago único de 200 euros, cantidad que asciende a 350 euros si el beneficio rebasa los 50.000 euros. Además, se añade una variable de calidad que puede reportar hasta 300 euros adicionales al año, siempre que el índice de no calidad se mantenga por debajo del 1,75 por ciento.

La jornada laboral queda fijada en 1.708 horas anuales para la modalidad de jornada partida, mientras que para la jornada continuada se establece en 1.688 horas. El documento blinda las condiciones más beneficiosas ya adquiridas, prohibiendo que sean compensables o absorbibles por las nuevas tablas salariales.

La protección del empleo es otro de los pilares del pacto. Ante cualquier proceso de despido por causas objetivas (técnicas, económicas, productivas u organizativas), la empresa indemnizará con 28 días por año trabajado, con un tope de 18 mensualidades. Si la dirección plantea un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de suspensión o reducción de jornada, se garantiza un periodo de negociación mínimo de dos meses antes de su implementación.

En cuanto a las bajas, la empresa complementará la prestación por incapacidad temporal hasta el 100 por ciento de los conceptos salariales desde el primer día, siempre que el accidente tenga lugar en el centro de trabajo o sea in itinere. Para las enfermedades comunes, se asegura el cobro íntegro durante los tres primeros días de la primera baja anual.

El convenio también incluye un compromiso de fomento del euskera en todos los avisos de la Dirección y un seguro colectivo que eleva a 62.000 euros la indemnización en casos de fallecimiento o invalidez permanente derivados de accidentes laborales o enfermedades profesionales.

La vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, con un compromiso expreso de mantener la ultraactividad del convenio hasta que se firme uno nuevo. Cualquier discrepancia en la interpretación de estas normas se someterá, como trámite previo, a una comisión mixta paritaria que deberá emitir un dictamen en un plazo máximo de 30 días.

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