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Ajuste en los datos de empleo juvenil para los ayuntamientos de Canarias

El Servicio Canario de Empleo corrige las cifras de demandantes de empleo menores de 30 años en varios municipios, afectando al baremo para futuras contrataciones.

Si gestionas o sigues de cerca los proyectos de primera experiencia profesional en tu municipio, debes saber que el Servicio Canario de Empleo ha publicado una corrección de errores en las cifras de desempleo juvenil. La resolución, firmada el 9 de junio de 2026 por la directora María Teresa Ortega Granados, ajusta los porcentajes de mujeres inscritas como demandantes de empleo que se utilizaron en la convocatoria de principios de año.

Datos clave

Fecha de resolución
9 de junio de 2026
Ámbito
Municipios de Canarias

El error, puramente administrativo según consta en la ficha, afectaba al cuadro de distribución por municipios que determina el máximo de personas a contratar en cada localidad. El documento oficial detalla ahora, municipio por municipio, las cifras correctas de demandantes menores de 30 años y los porcentajes de mujeres, que sirven como base para estas subvenciones destinadas a administraciones públicas.

Por poner varios ejemplos de la rectificación, el porcentaje de mujeres en el municipio de Ingenio se ajusta ahora al 50,80 por ciento, mientras que en Puerto de la Cruz la cifra corregida es del 52,04 por ciento. En Candelaria, el dato queda establecido en el 45,61 por ciento, frente a otros casos donde los números han sido precisados para asegurar la coherencia del programa.

Esta actualización busca sanear la base de datos utilizada para la concesión de las ayudas, evitando cualquier discrepancia entre los registros del sistema de información del Servicio Público de Empleo y la convocatoria pública. Los ayuntamientos que participan en este desarrollo de proyectos profesionales deben tomar nota de estos datos actualizados, ya que son los que definen el número máximo de contratos permitidos para cada corporación local.

El resto de las condiciones establecidas en la resolución original de enero de 2026 se mantienen vigentes sin cambios, tal y como indica el documento. La rectificación se ha realizado al amparo de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, que faculta a las administraciones para corregir errores de hecho o aritméticos en sus actos en cualquier momento.

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