Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Sant Cugat del Vallès: luz verde al nuevo planeamiento de La Colònia Oller

La Comisión Territorial de Urbanismo aprueba la nueva ordenación de La Colònia Oller en Sant Cugat. El plan simplifica las normas de gestión y fija un plazo de ejecución de seis años para consolidar ambos sectores.

El sector de La Colònia Oller en Sant Cugat del Vallès cierra un largo ciclo de solapamiento de normas urbanísticas para estrenar un marco simplificado. La Comisión Territorial de Urbanismo del ámbito metropolitano de Barcelona ha dado luz verde definitiva a la modificación puntual y transcripción a escala 1:1.000 del planeamiento vigente, una medida que pone orden en los polígonos de actuación I y II y deroga varios planes obsoletos que datan incluso de mediados de los años ochenta.

Datos clave

Plazo ejecución
6 años
Aprobación
26 de marzo de 2026
Ámbito
Sectores I y II de La Colònia Oller
Superficie parcelas
Entre 527,53 m2 y 755,27 m2

La decisión oficial, adoptada el pasado 26 de marzo de 2026, afecta directamente a la gestión de este suelo residencial y a sus infraestructuras colindantes. Para el Sector I, el sistema de cooperación sigue siendo el mecanismo vigente, aunque la nueva normativa recuerda que aún quedan pendientes obras de ajardinamiento en la zona oeste, junto a la autopista C-16, que ya fueron repercutidas en su momento a los propietarios. El documento exige ahora una nueva reparcelación o la actualización de la anterior para encajar las compensaciones por las afectaciones sectoriales.

El Sector II, por su parte, también operará bajo sistema de cooperación para regularizar suelos cedidos al Ayuntamiento de Sant Cugat, incluyendo los destinados a la rotonda de la carretera de Vallvidrera y la calle de Vallseca. Se establece un plazo de ejecución de seis años para el conjunto de estas actuaciones, un horizonte temporal que los propietarios deberán tener presente en sus previsiones.

La normativa detalla además las condiciones específicas para ocho parcelas concretas en la subzona unifamiliar VII, fijando superficies que oscilan entre los 527,53 metros cuadrados de las parcelas estándar y los 755,27 metros cuadrados de las más amplias. El documento especifica para cada una de ellas su edificabilidad exacta, llegando hasta los 619,58 metros cuadrados de techo en el caso de la parcela 8.

El texto introduce exigencias actualizadas en materia de sostenibilidad y seguridad. Las nuevas edificaciones deberán ajustarse a la definición de consumo de energía casi nulo y cumplir con las normativas vigentes sobre contaminación acústica y lumínica. Asimismo, se impone la perspectiva de género en el diseño de los espacios urbanos, obligando a priorizar recorridos seguros, bien iluminados y conectados para evitar callejones sin salida.

Las servidumbres ferroviarias también marcan límites técnicos. Las fincas frente a la vía del tren podrán ajustar su gálibo de edificación a 5 metros respecto al vial, siempre que se presente un estudio vibro-acústico y se obtenga el visto bueno de la Dirección General de Infraestructuras de Movilidad.

La documentación aprobada, que ya es plenamente ejecutiva, deroga expresamente el plan especial de vialidad de 1985, los planes de mejora urbana de 2005 y 2006, y el estudio de detalle de la carretera de Vallvidrera de 1988. Los detalles técnicos están disponibles en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña.

El papeleo ha terminado. Ahora toca construir.

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