Antzuola estrena ordenanza para las terrazas: horarios y sanciones
El Ayuntamiento de Antzuola ha aprobado la ordenanza definitiva que regulará la ocupación de la vía pública. Conoce los nuevos horarios de cierre y el régimen sancionador que aplicará a los hosteleros desde agosto.
Antzuola estrena nuevas reglas para quienes gestionan terrazas en la vía pública. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la ordenanza que regulará cómo se ocupan nuestras calles, plazas y pasadizos con mesas, sillas y elementos auxiliares. Si regentas un bar, una cafetería o un pub en el municipio, conviene que revises el nuevo marco legal porque la normativa cambia desde agosto.
Datos clave
- Horario apertura
- 11:00
- Horario cierre
- 22:30 (semanal) o 24:00 (fines semana)
- Multa leve
- 330 €
- Multa grave
- 660 €
- Multa muy grave
- 990 €
La ordenanza entra en vigor tras cumplirse el periodo de exposición pública sin alegaciones. La norma es clara sobre qué se entiende por terraza: un conjunto de mobiliario que actúa como complemento temporal a la actividad hostelera principal. Debes contar con la debida autorización municipal para su instalación.
Los horarios se ajustan al pulso del pueblo. Las mesas podrán instalarse a partir de las 11:00 de la mañana, salvo en panaderías. El horario de retirada será a las 22:30 de lunes a jueves, extendiéndose hasta las 23:00 en días de pintxo-pote. Los fines de semana, la hora límite son las 24:00, salvo el domingo noche, que se equipara al horario semanal.
Un detalle importante: una vez finalizado el horario, dispones de 30 minutos adicionales para recoger todo el material. Las terrazas deben ser móviles y desmontables. No se permite la instalación de barras exteriores, armarios, refrigeradores, altavoces o cualquier otro aparato musical sin un permiso expreso.
El respeto al descanso vecinal y la limpieza son pilares de la nueva norma. Una vez retirado el mobiliario, el titular de la licencia tiene la obligación de dejar la zona en perfecto estado de higiene. Además, queda prohibido bloquear accesos a portales, pasos de peatones o plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
Las sanciones se gradúan según la gravedad de la falta. Una infracción leve puede costarte 330 euros, mientras que las graves ascienden a 660 euros y pueden llevar aparejada la retirada de la instalación durante un mes. Las faltas muy graves, como la ocupación sin licencia o el incumplimiento reiterado, conllevan multas de 990 euros e incluso la inhabilitación del establecimiento para futuras autorizaciones durante un máximo de dos años.
La norma deroga la ordenanza anterior que estaba vigente desde julio de 2008. Se impone orden.
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