Ayuntamiento de Eskoriatza·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Eskoriatza cambia las reglas para usar sus instalaciones deportivas

El Ayuntamiento de Eskoriatza endurece los criterios de inscripción y pago para sus servicios deportivos. Si eres usuario, te interesa conocer el nuevo orden de preferencias y la normativa sobre las bajas trimestrales.

Si usas habitualmente las instalaciones deportivas de Eskoriatza, toma nota. El Ayuntamiento ha puesto sobre la mesa una reforma en la ordenanza que regula el uso de los servicios y actividades deportivas municipales, y los cambios afectan directamente a cómo te inscribes, cuánto pagas y qué prioridad tienes frente a otros usuarios.

Datos clave

Plazo reclamaciones
30 días hábiles
Dónde reclamar
Registro General del Ayuntamiento
Cambio principal
Prioridad por abono y días de asistencia
Periodicidad pago
Trimestral (mensual en Erorketa y Koi)

El sistema de preferencias para acceder a las plazas se vuelve ahora más estricto. A partir de la aprobación definitiva, el orden de admisión quedará jerarquizado con claridad: primero tendrán plaza quienes se apunten a dos días por semana y sean abonados; tras ellos, los de dos días no abonados; después, los de un día abonados; y, finalmente, los de un día no abonados.

La norma también introduce candados a la flexibilidad. Si decides inscribirte a una actividad, ten claro que la plaza es firme desde el primer momento. No se aceptarán bajas bajo la excusa de haber sido admitido en otra actividad distinta, lo que busca evitar el baile de plazas que suele dejar huecos libres a mitad de curso.

El calendario de pagos también se ajusta. El abono será trimestral, salvo para dos excepciones concretas: las actividades de Erorketa prebentzioa y Koi, que mantendrán una periodicidad mensual. Además, si te apuntas a una modalidad de dos días, no podrás reducir tu asistencia a uno hasta que el trimestre termine; cualquier cambio solo será posible de cara al siguiente periodo.

El expediente completo se encuentra a disposición de los vecinos en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento. Si tienes algo que decir, dispones de un plazo de 30 días hábiles para presentar alegaciones, que empiezan a contar a partir de mañana. Los escritos deben dirigirse al Ayuntamiento Pleno y pueden entregarse en el Registro General de entrada o por cualquiera de las vías previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

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