Ayuntamiento de Oñati·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Oñati impone una tasa turística a partir de enero de 2027

La nueva tasa turística de Oñati entrará en vigor el 1 de enero de 2027. Los alojamientos aplicarán gravámenes de hasta 6,50 euros por noche, aunque las reservas anteriores a febrero de 2026 quedan exentas del pago.

Oñati estrena su nueva tasa turística a partir del próximo 1 de enero de 2027. La ordenanza fiscal ya es definitiva tras su paso por el pleno municipal y la publicación en el boletín oficial, estableciendo cómo y cuánto habrá que pagar por dormir en el municipio.

Datos clave

Fecha efecto
1 de enero de 2027
Tasa hoteles 5*
4,50 € por unidad de estancia
Tasa viviendas uso turís
6,50 € por unidad de estancia
Exención reservas
Anteriores al 5 de febrero de 2026
Límite cómputo
6 unidades de estancia

Los importes varían según el tipo de alojamiento. Las estancias en hoteles de cinco estrellas tendrán el gravamen máximo de 4,50 euros por unidad de estancia, mientras que las viviendas de uso turístico, tanto si se alquilan enteras como por habitaciones, también se sitúan en 6,50 euros, el tope fijado en la ordenanza. Otros alojamientos como los agroturismos pagarán 0,50 euros, y los hoteles de una estrella, pensiones, campings, casas rurales o albergues tributarán 0,75 euros por noche.

El sistema contempla un máximo de 6 unidades de estancia computables por persona en cada alojamiento. La gestión será trimestral, y los responsables de los establecimientos deberán presentar sus autoliquidaciones telemáticas en los 25 días naturales siguientes a cada trimestre, un plazo ampliado para facilitar la operativa a los negocios locales.

Existen excepciones claras para quienes no deberán abonar el impuesto. Entre ellas figuran los menores de 18 años, las estancias por motivos de salud y sus acompañantes, personas con discapacidad igual o superior al 65 por ciento, y aquellos que acudan por programas sociales o causas de fuerza mayor. Para beneficiarse de estas exenciones, será necesario presentar la documentación acreditativa correspondiente.

Es importante tener en cuenta que las reservas efectuadas antes del 5 de febrero de 2026 están exentas del impuesto, independientemente de la fecha en la que se produzca la estancia. El resto de las reservas posteriores a ese día sí deberán liquidar la tasa en el momento del inicio del alojamiento.

El ayuntamiento se reserva la potestad de inspeccionar y requerir información sobre las estancias para asegurar el correcto cumplimiento de la norma. Si detectan hechos imponibles no declarados, podrán iniciar expedientes de oficio para liquidar las cantidades adeudadas sin perjuicio de las posibles sanciones.

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